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Qué esperar en materia de fiscalidad del próximo G-20
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Irene Cortés

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Por
Ricardo López

Qué esperar en materia de fiscalidad del próximo G-20

La última reunión del G7 tuvo un protagonista que no suele merecer la atención de los medios en estas cumbres: un anuncio sobre la reforma del sistema impositivo mundial

Foto: Evento ministerial del G-20 sobre asistencia humanitaria en junio de este año.
Evento ministerial del G-20 sobre asistencia humanitaria en junio de este año.

La reunión del G7 de junio de 2021 tuvo un protagonista que, normalmente, no suele merecer la atención de los medios en estas cumbres: nada menos que un anuncio sobre la reforma del sistema impositivo mundial. En síntesis, el comunicado del G7 apoyó los desarrollos que el G-20 Marco inclusivo de la OCDE está impulsando para reformar la fiscalidad mundial y emplazó – de ahí su relevancia – a un futuro acuerdo al que puedan adherirse más países en la reunión del G-20 de este próximo viernes. Asimismo, subrayó el compromiso del G7 de suscribir un acuerdo que proporcione mayores derechos de imposición a los Estados donde las multinacionales más grandes y rentables realicen sus actividades a través de una fórmula de reparto de un beneficio calculado a tal efecto (el conocido como “Pilar I”).

Además, el G7 apuntó también el compromiso de fijar un tipo de tributación efectiva mínima -el diablo está en el detalle de su cálculo- de, al menos, el 15% (el conocido como “Pilar II”). Este último Pilar - que ha merecido más atención mediática en nuestro país que el primero- tendría como finalidad última desincentivar la deslocalización fiscal de beneficios: la diferencia de imposición entre el mencionado 15% y el tipo efectivo que soporte la actividad subyacente en cada país - sea cual sea el país o la actividad-, tributaría en sede de la jurisdicción de la casa matriz.

Foto: Nadia Calviño. (EFE)

No es inoportuno preguntarse por qué este anuncio ha tenido tanta repercusión en una de las primeras cumbres de un mundo que justo empieza a superar los terribles efectos de la pandemia. Puede haber muchas respuestas eso. La oportunidad del momento político (hay que considerar aquí las crecientes necesidades de financiación de los Estados y la nueva posición de la actual administración americana), la percepción cada vez peor que las opiniones públicas tienen de la contribución real de determinadas compañías y el impulso final que la pandemia ha dado al desarrollo de la economía digital son, probablemente, algunas de las principales causas que explican este acuerdo. Un acuerdo que, a semejanza de la lucha contra el cambio climático, es difícil que merezca la reprobación de la opinión pública.

En el mismo sentido, la OCDE anunció el 1 de julio –en un comunicado ciertamente más extenso que el del G7 – que los 130 países que componen la organización y las jurisdicciones que se han unido al pacto (Marco Inclusivo) se comprometen a establecer un acuerdo marco de reforma del sistema impositivo mundial que tenga como referencia los dos pilares anteriormente mencionados. El desarrollo en detalle de este acuerdo deberá completarse en octubre de este mismo año (lo cual es un plazo muy ambicioso para un proyecto de esta envergadura).

Llegados a este punto, cabe preguntarse qué acuerdos o compromisos adicionales se pueden esperar de la reunión del G-20 que comienza este viernes en Venecia, pues pudiera parecer que el comunicado de la OCDE ha eclipsado el protagonismo que cualquier anuncio del G-20 pueda tener.

placeholder Los ministros de G20 exteriores y desarrollo en el encuentro del G-20 de 2021 en Italia.
Los ministros de G20 exteriores y desarrollo en el encuentro del G-20 de 2021 en Italia.

La concreción de los detalles de ambos pilares tiene una innumerable cantidad de aspectos políticos; inevitablemente recaudatorios en una primera derivada, pero también que atañen a la definición de políticas industriales y de seguridad jurídica de las inversiones, difíciles de evaluar en la actualidad. Siendo conscientes de ello, sería deseable que esta reunión avanzara, en algunos de ellos.

En primer lugar, sería deseable una mayor concreción de las entidades que van a ser objeto del Pilar I. La OCDE ha señalado que el Pilar I dotaría de derechos de imposición de aproximadamente 100.000 millones de dólares a las jurisdicciones de mercado, pero nada dice –a diferencia de trabajos previos donde el umbral se fijaba en compañías con 750 millones de facturación– de cómo se calcularía este umbral, o de si finalmente se van a considerar a determinadas tipologías de actividades como excluidas de tal acuerdo. Por ejemplo, industrias extractivas, determinadas actividades del sector financiero o del sector industrial subvencionadas de alguna forma).

La concreción de los detalles de ambos pilares tiene una innumerable cantidad de aspectos políticos

También sería relevante concretar el calendario del desmantelamiento de los Impuestos Digitales aplicados en la actualidad, de los que estén a punto de aplicarse (como el caso español) o, más importante aún, de los que pudieran considerarse en el futuro (la propia UE anunció en mayo su intención de configurar un Digital Levy compatible con Pilar I de la OCDE y la futura configuración de este impuesto requerirá el consentimiento de EEUU).

Por otra parte -y aunque los detalles técnicos y cuantitativos de cómo se calcularán y repartirán los derechos de imposición a las jurisdicciones de mercado (Pilar I) y la tributación mínima (Pilar II) probablemente se anuncien en octubre de 2021-, es posible que el comunicado final incluya alguna información adicional en relación con cualquiera de los dos. Especialmente, en lo que pueda afectar a un mayor concreción del efecto del reparto en el Pilar I (particularmente relevante para los países en desarrollo, aunque no solo para ellos), a cómo limitar una eventual lucha por atraer la sede de las casas matrices de grandes multinacionales afectadas por la reforma en curso (Pilar II) o a los límites que pueden considerar los Estados a futuro en relación los incentivos fiscales locales que quisieran establecer.

Foto: La presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen, durante una conferencia de cara a la cumbre del G-20 (Reuters)

Es destacable, por otro lado, que en estas últimas semanas apenas se haya hecho pública la posición de economías tan relevantes en el G-20 como China, India, Corea del Sur, México, Brasil o Turquía. Algunos de estos países podrían solicitar excepciones o demoras en su aplicación.

Por último, y aunque esto se vaya a concretar en octubre de 2021 en el marco de los trabajos de la OCDE, es previsible que conozcamos algún detalle adicional en relación con los plazos de la puesta en marcha de la reforma y de su interacción con el sistema impositivo actual (y, en particular, con los Convenios para Evitar la Doble Imposición).

* Ricardo López es director en el área de Tributación Internacional de KPMG Abogados

La reunión del G7 de junio de 2021 tuvo un protagonista que, normalmente, no suele merecer la atención de los medios en estas cumbres: nada menos que un anuncio sobre la reforma del sistema impositivo mundial. En síntesis, el comunicado del G7 apoyó los desarrollos que el G-20 Marco inclusivo de la OCDE está impulsando para reformar la fiscalidad mundial y emplazó – de ahí su relevancia – a un futuro acuerdo al que puedan adherirse más países en la reunión del G-20 de este próximo viernes. Asimismo, subrayó el compromiso del G7 de suscribir un acuerdo que proporcione mayores derechos de imposición a los Estados donde las multinacionales más grandes y rentables realicen sus actividades a través de una fórmula de reparto de un beneficio calculado a tal efecto (el conocido como “Pilar I”).

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