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Un socio laboralista por necesidad
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Irene Cortés

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Por
Juan Ignacio Olmos

Un socio laboralista por necesidad

No se trata de decir que los laboralistas seamos la mejor disciplina. Simplemente somos, a mi entender y hoy más que nunca, los abogados más necesarios e indispensables

Foto: Sesión del control al gobierno
Sesión del control al gobierno

Teletrabajo y su compensación, fin de los ERTE, Hot Desk, desconexión digital, protección de datos en las relaciones laborales, uso de herramientas informáticas, aumento de las sanciones por infracción en materia de seguridad social, adaptación de jornada, registro horario, despido por correo electrónico o WhatsApp, posibilidad de exigir Vacunación COVID a los trabajadores, los contratos de interinidad, repercusión de las redes sociales en el ámbito laboral, ¡¡Planes de Igualdad!!... son solo algunos ejemplos del día a día de la última “normalidad” laboral que nos han sido dadas en un espacio temporal de no más de dos años.

La nueva legislación, la evolución normativa de la ya existente, y su interpretación por parte de los tribunales hacen del todo indispensable estar al día, no solo de la norma, sino también de su aplicación y, como no, de sus consecuencias.

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Es por ello que, como me han dicho muchos clientes, “se ha vuelto imprescindible tener a un laboralista en casa”. Y es que no puedo estar más de acuerdo, que hoy en día la empresa que no esté debidamente asesorada laboralmente tiene un agujero en su armazón jurídico. No se trata de decir que los laboralistas seamos la mejor disciplina, simplemente somos, a mi entender, hoy más que nunca, del todo realmente los abogados más necesarios e indispensables.

Necesarios porque nuestra materia afecta a más de 19 millones de personas que, bien mirado, pasan más tiempo en el puesto de trabajo o prestando servicios que en otras facetas de la vida personal -y, a veces, me da la sensación de que eso se olvida-. Toda política de Organización y Personas y de Recursos Humanos, está impregnada de normativa laboral que afecta a las condiciones de los contratos de trabajo, expatriaciones e impatriaciones, sistemas de retribución flexible en su ámbito impositivo, movilidades geográficas, etc. Todo, absolutamente todo, tiene una traslación jurídica laboral que normalmente no se cubre con el primer contrato de trabajo y, aun así, seguro que sufrirá cambios por diversas causas de tipo organizativo o económico.

Foto: Muchas firmas han ordenado a la plantilla volver definitivamente en septiembre.

El contrato es un elemento “vivo” que evoluciona con el tiempo y es obligado que esa evolución vaya acompasada con el asesoramiento adecuado -¿la interpretación de los convenios colectivos les suena de algo?-.

Necesarios, igualmente, porque todo empresario ya sabe que en derecho laboral empresarial, un mal paso al inicio lleva con casi toda seguridad a una mala solución posterior; es muy difícil, por no decir imposible, enderezar el asunto. Seguro que leyendo estas líneas, a todos nos viene a la cabeza un asunto -o varios- donde si el primer consejo hubiera sido no ya el acertado, sino el más ajustado, ese expediente no se hubiera desarrollado igual o hubiera finalizado de forma diferente. El asesoramiento previo es fundamental y muchas veces nos encontramos que la llamada es a posteriori, cuando la decisión ya se ha tomado y ejecutado. No me canso de repetir: "ha de ser antes".

Foto: Foto: iStock.

Necesarios para la comparecencia ante la Inspección de Trabajo y dominar la norma administrativa. Máxime viendo el listado de infracciones y las sanciones -aumentadas el pasado mes de julio en un 20%- que contiene la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

Por último, y no menos importante, necesarios para la defensa ante los tribunales. Demandas hay de todo tipo, y muchas se pueden ganar si el primer paso ha sido el correcto. Sin olvidar la jurisprudencia, con la participación no solo de los órganos jurisdiccionales españoles, sino también del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que cada vez que sentencia bebiendo de otras fuentes que no son las propias obliga internamente a adaptar sus criterios.

Foto: La sede de Google en Manhattan, Nueva York. (Getty)

Igualmente, las materias son muchas, y más con una legislación que varía constantemente -una Ley, el Decreto previo, el Reglamento que desarrolla los aspectos de la Ley-, y la añoranza de aquella “tranquilidad” de antaño que ya no existe. Y todo lo anterior, sin haber hecho referencia a la más que probable reforma del actual Estatuto de los Trabajadores en un Estatuto para las Personas Trabajadoras.

Cuente con un socio laboralista de verdad.

* Juan Ignacio Olmos es socio del área laboral en Ceca Magán.

Teletrabajo y su compensación, fin de los ERTE, Hot Desk, desconexión digital, protección de datos en las relaciones laborales, uso de herramientas informáticas, aumento de las sanciones por infracción en materia de seguridad social, adaptación de jornada, registro horario, despido por correo electrónico o WhatsApp, posibilidad de exigir Vacunación COVID a los trabajadores, los contratos de interinidad, repercusión de las redes sociales en el ámbito laboral, ¡¡Planes de Igualdad!!... son solo algunos ejemplos del día a día de la última “normalidad” laboral que nos han sido dadas en un espacio temporal de no más de dos años.

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