Es noticia
El verano del 'distress' y la sangría
  1. Jurídico
  2. Tribuna
Colaboradores ECJurídico2

Tribuna

Por

El verano del 'distress' y la sangría

El 30 de junio de 2022 se agota el período de moratoria para declarar el concurso de acreedores. A partir de entonces serán muchas las empresas en insolvencia

Foto: Concurso de acreedores istock
Concurso de acreedores istock

El fin de junio no solo marcará este año el inicio del verano, con los spots publicitarios de conocidas marcas cerveceras, bebidas refrescantes y colección de temporada de grupos de distribución de ropa, sino que también será el punto de inflexión para el comienzo de una oleada de operaciones de 'distress', siendo varios los indicios que apuntan en dar el pistoletazo de salida a estas operaciones en esas fechas.

De una parte, el 30 de junio de 2022 se agota el período de moratoria para declarar el concurso de acreedores, lo que nos lleva a que, a partir del 1 de septiembre de 2022 serán muchas las empresas en insolvencia que agotarán la vía para acudir, voluntaria o necesariamente, a este procedimiento.

De otra parte, el fondo de recapitalización de COFIDES, también llevó hasta junio de 2022 su período de inversión, de tal forma que un mayor número de empresas de mediano tamaño en dificultades dispondrán hasta entonces para solicitar financiación con la que recuperar la rentabilidad de su negocio. El problema para estas compañías no es tanto la salida de los fondos, sino si estos llegarán a tiempo atendiendo a los plazos de estudio, tramitación y concesión, que no siempre van parejos a las necesidades acuciantes de estas de las empresas.

Adicionalmente, el pasado mes de marzo de 2022, concluyeron los 24 meses de carencia máxima en la amortización de los créditos avalados por el Instituto de Crédito Oficial (ICO), con lo cual las empresas y autónomos que hasta ahora vivían con el respirador artificial pagando únicamente intereses, empiezan a mostrar su nerviosismo al poner a prueba una delicada capacidad pulmonar financiera, amortizando el principal prestado, lo que puede llevarles de una insuficiencia respiratoria a un estado cuasi comatoso.

Foto: De izda. a dcha., Carlos Torres, presidente de BBVA; Margarita Delgado, subgobernadora del Banco de España, y José Antonio Álvarez, CEO de Santander. (J.J. Guillén/EFE)

A lo anterior hay que añadir que la estructura en la que se ha concedido esta financiación ICO, para el caso de que la compañía que los hubiera recibido se vea abocada al concurso, convierte en harto difícil lograr “reanimarla” aprobando un convenio de acreedores. Ello por cuanto, estos préstamos concedidos a empresas afectadas por el COVID-19 se caracterizan porque la prestataria directa en favor del empresario es una entidad financiera al uso, luego un acreedor y crédito privado a los ojos de la clasificación del crédito en el seno de un hipotético concurso y cuentan con el aval del Estado en el 80% —en el caso de autónomos y pymes— o 70% en el caso de nuevas operaciones de préstamo y 60% —para renovaciones cuando las prestatarias no tengan la consideración de pymes—, y adicionalmente la entidad financiera, pide el aval personal del socio mayoritario y/o administrador de la compañía en problemas.

Sentando lo anterior, nos encontramos con que, la fecha del auto declarando a la beneficiaria de estos ICO en concurso, fracciona el sentido del voto ante una propuesta de convenio de acreedores y dificulta su aprobación, puesto que: primeramente, el banco pasa a ser titular del 20% del crédito, mientras que el Ministerio titulará el 80% restante. De mano un crédito único pasa a tener a dos entidades con capacidad de decisión, la una más ágil, la otra habitualmente más lenta y alejada del tempo que necesita una empresa en insolvencia.

Foto: La vicepresidenta primera del Gobierno, Nadia Calviño, y el presidente de la CEOE, Antonio Garamendi. (EFE/Fernando Villar)

Si lo anterior ya complica, añadimos un ingrediente más a la "sangría" veraniega, por cuanto, parece que las entidades bancarias aún no tienen una instrucción clara que les permita adherirse a una propuesta de convenio con su 20% sin perjudicar su garantía por el 80%.

Si todo ello lo aderezamos con un poquito más de amargor, la rodaja de limón que le faltaba a la sangría la equiparamos a que el sentido del voto del crédito de derecho público (incluido el 80% de los ICO que titula el Ministerio) lo tiene la AEAT, quien por ahora, no cuenta con instrucción distinta para decantarse ante una propuesta de convenio, de aquella que viene manteniendo para cualesquiera créditos de derecho público —sin distinguir entre su origen en subvenciones, deuda fiscal, o financiero como es el caso de los ICO—.

Parece que las entidades bancarias aún no tienen una instrucción clara que les permita adherirse a una propuesta de convenio

Esta actitud pasiva (vía abstención) o negativa (voto en contra) que se mantiene por sistema en los convenios concursales por parte de los titulares del crédito público (o de quienes detentan su sentido del voto), choca con el espíritu de mantenimiento de la actividad que preside el preámbulo de la normativa concursal, primando la solución convencional sobre la liquidatoria, amén de con la motivación que les llevó apenas hace dos años a financiar a las compañías en dificultades vía estos ICO, justamente el mismo instrumento que ahora las arrastra a una solución liquidatoria.

En suma, que todos estos ingredientes bien removidos no parece que nos vayan a permitir vivir un verano de relajación y "des estrés", sino de 'distress' y mucha sangría.

* Begoña González Díaz es socia de Derecho Mercantil y Societario de Vaciero.

El fin de junio no solo marcará este año el inicio del verano, con los spots publicitarios de conocidas marcas cerveceras, bebidas refrescantes y colección de temporada de grupos de distribución de ropa, sino que también será el punto de inflexión para el comienzo de una oleada de operaciones de 'distress', siendo varios los indicios que apuntan en dar el pistoletazo de salida a estas operaciones en esas fechas.

ICO Concurso de acreedores
El redactor recomienda