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Cuando el derecho de asilo se tuerce

A pesar de existir el procedimiento de protección de asilo, la mayoría de estas solicitudes, infelizmente, acaban en saco roto: las autoridades deniegan cerca del 95%

Foto: Activistas de derechos humanos reaccionan después de perder una apelación ante el Tribunal Superior de Londres. Andy Rain (EFE)
Activistas de derechos humanos reaccionan después de perder una apelación ante el Tribunal Superior de Londres. Andy Rain (EFE)

Hoy es el día de la persona que lo deja todo atrás para salvaguardar su vida, de la persona que se juega la vida para salvar la suya a través de rutas llenas de peligros, de aquella persona que llega a un territorio extraño solamente con lo puesto… Hoy, 20 de junio, es el Día Mundial del Refugiado.

Un día que se celebró por primera vez el 20 de junio de 2001 para conmemorar el 50º aniversario de la Convención de Ginebra de 1951 y su Protocolo de 1967, que constituyen la base de los derechos de las personas refugiadas, así como de las obligaciones de los 149 Estados firmantes con relación a su protección.

De dicho Convenio parte la Ley 12/2009 de 30 de octubre, que regula en España el derecho al asilo y la protección subsidiaria, y que en su artículo 3 define como persona refugiada "toda persona que, debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas, pertenencia a determinado grupo social, de género u orientación sexual, se encuentra fuera del país de su nacionalidad y no puede o, a causa de dichos temores, acogerse a la protección de tal país, o al apátrida que, careciendo de nacionalidad y hallándose fuera del país donde antes tuviera su residencia habitual, por los mismos motivos no puede o, a causa de dichos temores, no quiere regresar a él".

Pero todo y así, y a pesar de existir este procedimiento, las solicitudes de asilo, infelizmente, acaban en saco roto, denegándose el 95% de estas. Todo ello coloca a España en última posición en cuanto a reconocimientos del Estatuto de refugiado en comparación con el resto de países miembros de la UE, manteniendo a los solicitantes en una situación cuanto menos difícil, ya que, a pesar de gozar de los derechos que les confiere su condición de solicitantes de asilo, no pueden evitar vivir pensando que en cualquier momento verán denegada su solicitud y pasarán de la noche a la mañana de tener autorización de trabajo y residencia a estar en una situación
administrativa irregular.

Foto: Foto: EFE/Andy Rain

Una situación en absoluto baladí, y en la que no es difícil comprender la sensación de inestabilidad de las personas solicitantes de asilo. Y verás porque: por un momento cierra los ojos, e imagínate que después de sortear muchos peligros y obstáculos, tras mucho sufrimiento y angustia, consigues una vida estable. Una vida en la que tienes un trabajo que puedes disfrutar sin miedo y cuyo salario no tienes que dedicarlo a pagar a Maras, guerrilleros, policías corruptos, o simplemente, dedicarlo a reformar tu casa para convertirla en un refugio anti bombas.

Una vida en la que tus hijos pueden acudir a la escuela sin miedo a que no vuelvan a casa. Una vida en la que, por fin, puedes ser, simplemente, libre. Entonces imagina que recibes una notificación en la que te comunican que toda esa vida se ha acabado: tu trabajo ya no va a ser estable y nadie va a querer contratarte sin permiso de residencia y trabajo, y a partir de ahora tu principal preocupación va a ser como darle de comer a tus hijos y dedicar todos tus esfuerzos a pedir ayuda para pagar el alquiler, los suministros y la comida. Ahí es donde empezará tu principal carrera: volver a conseguir una autorización de residencia y trabajo.

Foto: Marroquíes con cita en la oficina de asilo. (Javier Sakona)

Y es en esta carrera de la que hablo, en la que será muy útil el conocer como revertir la situación de irregularidad en la que deja la resolución denegatoria de la solicitud de asilo a la persona solicitante. Por ello, en la legislación vigente en materia de extranjería existen opciones para continuar residiendo de forma regular en territorio español. Dichas opciones radican en la interposición de recursos y/o en la tramitación de solicitudes de autorización de residencia reguladas en la legislación española en materia de extranjería.

De esta forma, contra la resolución denegatoria de la solicitud de asilo, se podrá:

  1. Interponer recurso potestativo de reposición ante el Ministro del Interior en el plazo de un mes desde la notificación de la denegación, solicitando como medida cautelar la suspensión de la denegación. Medida que se concederá si, tras un mes de la interposición, el recurso no ha sido resuelto. De esta manera, la persona podrá mantener su derecho a residir y a trabajar mientras no se resuelva el recurso.
  2. Interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses desde la notificación de la denegación. Recurso en el que también se puede solicitar una medida cautelar de suspensión de la denegación del asilo, siendo un magistrado en este caso el que decretará la media o no.
Foto: Tetiana Tuzhykova. (Fernando Sánchez)
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Por último, tanto si se interpone alguno de los recursos expuestos como si no, se puede optar, en caso de que se reúnan los requisitos regulados en la legislación en materia de extranjería, por tramitar la solicitud de:

  • Autorización de residencia y trabajo por motivos de arraigo laboral, si la persona trabajó durante un mínimo de seis meses cuando disponía del derecho a trabajar durante el proceso de solicitud de asilo, y además puede acreditar que ha residido en España durante mínimo dos años.
  • Autorización de residencia y trabajo por motivos de arraigo social, si la persona puede acreditar que ha residido en territorio español durante mínimo 3 años, dispone de contrato de trabajo indefinido y acredita un grado suficiente de integración.
Foto: Instalaciones militares ucranianas, en las proximidades del lugar del mar de Azov donde desemboca el río Kalmius, en Mariupol. (Ferran Barber)
  • Autorización de residencia y trabajo por motivos de arraigo familiar, si la persona que ve denegada su solicitud de asilo es padre o madre de un menor de nacionalidad española, o es hijo/hija de padre o madre que hubieran sido originariamente españoles.
  • Tarjeta de familiar comunitario, en caso de tener un familiar directo que sea nacional de un país miembro de la UE.

Todas ellas herramientas al alcance de la persona que ve denegada su solicitud de asilo, y que pueden marcar la diferencia entre volver al lugar en el que peligra su vida o continuar disfrutando de algo que debería garantizarse en cualquier parte del mundo: una vida estable sin miedo y sin temores, en la que la libertad y la seguridad sean su rutina diaria. Una rutina que jamás debería ser alterada.

* Brian García Reyes es abogado del área Inmigración en AGM Abogados.

Hoy es el día de la persona que lo deja todo atrás para salvaguardar su vida, de la persona que se juega la vida para salvar la suya a través de rutas llenas de peligros, de aquella persona que llega a un territorio extraño solamente con lo puesto… Hoy, 20 de junio, es el Día Mundial del Refugiado.

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