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El pandemonium legal de los vehículos de movilidad personal
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El pandemonium legal de los vehículos de movilidad personal

Esta cuestión requiere de una regulación urgente que recoja las implicaciones y las consecuencias jurídicas de su utilización, así como los requisitos de su aseguramiento

Foto: Foto: EFE Andreu Dalmau
Foto: EFE Andreu Dalmau

Las ciudades están experimentando una nueva realidad social con la llegada de los vehículos de movilidad personal (VMP), cada vez más presentes en las vías urbanas. Según las últimas estimaciones, hay más de un millón de VMP en el mundo circulando cada día por las ciudades y todo apunta a que se trata de una forma de movilidad que ha llegado para quedarse.

En España, la definición de este nuevo concepto de vehículo fue incorporada al Reglamento General de Vehículos en su última reforma: son aquellos compuestos por una o más ruedas, dotados de una única plaza y propulsados por motores eléctricos que proporcionan una velocidad máxima de entre 6 y 25 km/h. Actualmente, a estas características responden los patinetes eléctricos; segways (un manillar y uso habitual entre turistas); hoverboards y uniciclos (conducidos solo con los pies).

Los VMP no requieren para su uso de un permiso de circulación, pueden ser manejados por menores de edad y, frecuentemente, no están cubiertos por un seguro de responsabilidad civil. A pesar de su proliferación, nos encontramos con que, por el momento, existe una dispersión normativa poco clara.

Siniestralidad de los VMP

Dado que un VMP no está clasificado como vehículo a motor, sus conductores no pueden cometer delitos contra la seguridad vial, pero sí delitos de lesiones e incurrir en responsabilidad civil. Un reciente estudio de la Fundación Mapfre sobre patinetes eléctricos ha confirmado un alto índice de incidentes con estos VMP: del 1 de enero al 12 septiembre de 2022 se han producido 224 siniestros viales, 45 de ellos graves y cinco con fallecidos. En 2021, hubo trece accidentes mortales, más del doble que en 2020.

Foto:  Alcobendas está trabajando en un proyecto piloto de utilización de drones para trasladar medicinas entre dos puntos. Fuente: cecida.

Estos datos son preocupantes, más si tenemos en cuenta que los VMP, en su mayoría, no cuentan con un seguro de responsabilidad civil, ya que su aseguramiento no es obligatorio. Dada la falta de legislación estatal, algunos ayuntamientos han incluido en su normativa local la obligación de contar con este seguro. Sin embargo, hay grandes ciudades que aún no han tomado esta medida.

Ante este déficit normativo, los juzgados han desarrollado un acervo jurisprudencial que ha ido moldeando la realidad legal de los VMP. Por un lado, hay numerosas sentencias en la jurisdicción penal en las que los conductores de VMP quedan absueltos de los delitos contra la seguridad vial al no estar calificados como ciclomotores.

También encontramos sentencias absolutorias en casos de conductores que, en el momento del siniestro, conducían un ciclomotor bajo la apariencia de un VMP. Son casos en los que el controlador de velocidad estaba manipulado y el vehículo podía alcanzar una velocidad superior a 25 km/h. Si se prueba que el conductor no incurrió en dolo por creer que conducía un VMP, los tribunales aprecian un error invencible de tipo y absuelven de cualquier delito contra la seguridad vial. No obstante, los conductores de VMP sí pueden ser condenados por delitos de lesiones. Nos referimos sobre todo a supuestos de atropellos a peatones, que en ocasiones pueden ser cometidos por menores de edad y corresponde a los progenitores responder solidariamente de la responsabilidad civil del menor.

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Por otro lado, en la jurisdicción civil el uso de los VMP está sujeto a responsabilidad civil extracontractual. En el caso de menores, al igual que en el ámbito penal, son los progenitores quienes responden de los daños. Esta responsabilidad se conoce como culpa in vigilando. En cuanto a las empresas de alquiler de VMP, de momento, en el ámbito civil se han dictado condenas por un mal desempeño de sus funciones o por un defectuoso funcionamiento del VMP.

Dado el auge de los VMP, el Tribunal Supremo (TS) también se ha pronunciado al respecto. En su sentencia del 10 de febrero de 2022, la Sala de lo Penal dictaminó que los conductores de VMP no incurrirán en delitos contra la seguridad vial, salvo que se pruebe que reunía todos los elementos configurativos de un ciclomotor (potencia, velocidad máxima, autoequilibrado…) y que se hacía un uso fraudulento del mismo.

La Sala Segunda del TS volvió a pronunciarse el 23 de junio de 2022. En esta sentencia, el acusado fue absuelto de un delito contra la seguridad vial, pese a que se había probado que conducía un ciclomotor bajo la apariencia de un patinete eléctrico, pues, al no estar definidos los elementos configurativos del vehículo, no podía considerarse un ciclomotor ni hacer una interpretación en perjuicio del acusado.

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Ambas sentencias del TS concluyen que, dada la nueva realidad social, surge la necesidad de clasificar con más claridad los nuevos aparatos de circulación. Incluso mencionan la posible exigencia de contar con una certificación administrativa que acredite su configuración técnica.

Últimas novedades legislativas

Por el momento, la normativa de responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor no es aplicable a los VMP, por tanto, tampoco lo es el seguro obligatorio para automóviles. Sin embargo, la Unión Europea ha publicado recientemente la Directiva nº 2021/2118 24 de noviembre de 2021, que modifica la anterior y regula el seguro de responsabilidad civil de los vehículos automóviles.

Esta nueva Directiva, que debe trasponerse antes del 23 de diciembre de 2023, permite a los estados miembros exigir un seguro a los VMP, aunque no estén calificados como vehículos a motor, y que los daños derivados de accidentes estén cubiertos por el organismo de indemnización nacional. A raíz de esto, se ha abierto un debate sobre la consideración, o no, de los VMP como vehículos a motor para exigir que cuenten con este seguro obligatorio o, alternativamente, un seguro específico de responsabilidad civil para los VMP.

No cabe duda de que nos encontramos ante un pandemónium legal que requiere de una regulación urgente sobre los VMP que recoja tanto las implicaciones como las consecuencias jurídicas de su utilización, así como los requisitos de su aseguramiento. Hasta entonces, y mientras no contemos con una normativa específica, habrá que estar al caso por caso.

* Hilda Gallego y Sofía Rivas son associates en Clyde & Co

Las ciudades están experimentando una nueva realidad social con la llegada de los vehículos de movilidad personal (VMP), cada vez más presentes en las vías urbanas. Según las últimas estimaciones, hay más de un millón de VMP en el mundo circulando cada día por las ciudades y todo apunta a que se trata de una forma de movilidad que ha llegado para quedarse.

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