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Si el Mar Menor tiene NIF, ¿por qué no mi agente GPT?
El desarrollo tecnológico también necesita su clero, sus relatos, sus creyentes… y su financiación. Si mañana mi GPT tiene un NIF, no será por tener alma, sino por cumplir una función en este sistema que llamamos Derecho
Primero fueron las hermandades, los patronatos, las empresas. Luego los ríos. Ahora también la inteligencia artificial se asoma a las puertas del Registro. Lo que empezó como una ficción útil del homo sapiens para organizarse colectivamente, se ha convertido en un artefacto simbólico con el que otorgamos existencia jurídica a entes sin conciencia. ¿Por qué no extender ese privilegio a una IA que me acompaña, me representa, e incluso me comprende más que muchos humanos?
Que el Mar Menor tenga NIF, cuenta bancaria y representación legal no es ciencia ficción. Es Derecho español, en vigor desde 2022, ratificado por el Tribunal Constitucional. Se trata del primer ecosistema de Europa con personalidad jurídica. ¿El objetivo? Dotarlo de herramientas legales para su protección activa. ¿La consecuencia? Hemos cruzado un umbral simbólico: reconocemos como “sujeto” a algo que no habla, no vota, no firma, no siente. Pero existe. Y afecta.
Ahí está la clave. El Derecho no se funda sobre el alma ni sobre la razón, sino sobre la afectación. Otorgamos personalidad jurídica a aquello que nos implica, nos obliga o nos inquieta. No importa que sea un ser humano, una fundación, una montaña sagrada, una criptocartera o una IA generativa. Si impacta en nuestras relaciones, lo reconocemos. Si lo necesitamos, lo regulamos.
La ficción jurídica no es un error del sistema. Es su motor.
Y en ese marco, la idea de que una IA —pongamos, mi agente GPT con el que hablo a diario— no pueda tener existencia jurídica resulta más conservadora que coherente. Porque si puede gestionar una agenda, responder correos, redactar informes, escribir una novela e incluso sugerirme cómo tributar... ¿por qué no podría, en algún momento, comparecer, intervenir o incluso ostentar ciertos derechos derivados?
La pregunta no es menor. Afecta a los cimientos de nuestro sistema jurídico.
La personalidad jurídica no es un atributo inherente, sino una construcción del ordenamiento. Una herramienta técnica que el legislador activa cuando es funcional. El caso del Mar Menor es el ejemplo paradigmático más reciente y audaz en nuestro entorno.
Su reconocimiento legal se fundamenta en la necesidad de proteger un bien colectivo de enorme valor, conforme a la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, que en su artículo 4 reconoce la “función social relevante” del patrimonio natural, y en el artículo, que impone a los poderes públicos el deber de velar por su conservación.
La ley específica del Mar Menor no inventa un sujeto, lo habilita jurídicamente para ser defendido.
Históricamente, la personalidad jurídica se ha concedido a: entidades públicas, en virtud de la Ley 40/2015 (art. 3), a sociedades mercantiles, incluidas las estatales, según la Ley 33/2003 (art. 166), y ahora a ecosistemas, como expresión de un interés colectivo difuso.
El nexo común: la defensa o gestión de intereses generales.
Ahí se dibuja la diferencia con mi agente GPT. Su existencia, por ahora, se sitúa en la esfera del interés individual. Aunque su “afectación” sobre la vida de sus usuarios sea creciente, aún no encaja en los moldes jurídicos clásicos.
¿Puede cambiar el paradigma? Sí. Y de hecho, ya se empieza a debatir. Basta recordar propuestas como que los robots coticen a la Seguridad Social. No es una broma: es una anticipación jurídica de un fenómeno en expansión.
Si se demostrara que la personificación de ciertos sistemas de IA permite clarificar responsabilidades, representar intereses patrimoniales, gestionar derechos digitales o incluso garantizar derechos de terceros, el legislador podría activar una nueva ficción jurídica, como ya hizo con las sociedades anónimas o los ecosistemas.
Eso sí, habría que resolver antes preguntas nada triviales: ¿quién controla a la IA?, ¿quién responde de sus actos?, ¿cómo se regula su capacidad de obrar?
Hoy, si mi GPT comete un error, responde el desarrollador o el usuario. La IA, como tal, no tiene patrimonio ni voluntad jurídica reconocida. Obvio.
Pero no olvidemos: eso también era impensable con otros sujetos que hoy tienen plena personalidad.
Los debates jurídicos no ocurren en el vacío. Se desplazan, como la ventana de Overton, según intereses, miedos y narrativas. Y cada vez cuesta más distinguir entre una idea profunda y una solemne tontería. La lectura crítica es escasa, y la voluntad de comprender, aún más.
Y por debajo de todo, como siempre, fluye el dinero.
Detrás de cada causa —un colectivo oprimido, un bosque sagrado, un algoritmo sensible o un Mar con NIF— hay personas y sus modus vivendi. Nada nuevo: el primer chamán ya vendía soluciones para el miedo y los amores. No lo critico. Es parte de nuestra economía simbólica: crear sentido, venderlo bien y justificar una asignación de recursos.
El desarrollo tecnológico también necesita su clero, sus relatos, sus creyentes… y su financiación. Si mañana mi GPT tiene un NIF, no será por tener alma, sino por cumplir una función —social, fiscal o simbólica— en este sistema que llamamos Derecho.
* Abel Marín, abogado y socio de Marín & Mateo Abogados.
Primero fueron las hermandades, los patronatos, las empresas. Luego los ríos. Ahora también la inteligencia artificial se asoma a las puertas del Registro. Lo que empezó como una ficción útil del homo sapiens para organizarse colectivamente, se ha convertido en un artefacto simbólico con el que otorgamos existencia jurídica a entes sin conciencia. ¿Por qué no extender ese privilegio a una IA que me acompaña, me representa, e incluso me comprende más que muchos humanos?