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El caso de Supermercados El Arco o cómo salvar una empresa antes de entrar en concurso
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El caso de Supermercados El Arco o cómo salvar una empresa antes de entrar en concurso

La sentencia de Supermercados El Arco ha articulado una vía operativa que promueve un sistema eficiente de rescate de empresas en crisis que beneficia tanto los acreedores como al deudor

Foto: Un establecimiento de El Arco.
Un establecimiento de El Arco.

El reciente fallo de la Audiencia Provincial de Oviedo, al validar el traspaso del grueso de la cadena de tiendas de Alimentos El Arco a Grupo Cuevas, establece un precedente fundamental para el derecho de las reestructuraciones en España.

El traspaso se llevó a cabo mediante un contrato de compraventa de unidad productiva poco después de que se homologara el plan de reestructuración de El Arco. A través de esta operación, Grupo Cuevas se subrogó en casi 500 trabajadores, asumió las sedes de los economatos y se hizo cargo de determinados pasivos de la deudora como parte del precio de la compraventa. Esta validación se ha producido a pesar de que hubo diversas impugnaciones iniciadas por proveedores de El Arco.

Esta resolución ofrece una vía práctica y jurídicamente viable para impulsar la venta de unidades productivas en el marco de una reestructuración, permitiendo ejecutar la operación antes de que la deudora se vea forzada al concurso. El beneficio principal de esta anticipación es que las expectativas de maximización del valor de la unidad productiva se ven considerablemente mermadas si se realiza en concurso, ya sea mediante la vía del pre-pack o la venta en liquidación.

La particularidad de este caso reside en que la compraventa no se ejecutó dentro de un concurso de acreedores, donde el procedimiento está estrictamente reglado y confiere cierta seguridad jurídica al adquirente, especialmente en materia de sucesión de empresa a efectos laborales. En su lugar, se adoptó una solución anticipada y urgente, ejecutada como una operación de M&A en un entorno distressed.

La urgencia se justificaba en la necesidad de preservar la operativa y evitar el deterioro del negocio, además de asegurar un pago parcial de los créditos a los acreedores como parte del precio de la compraventa. En estos delicados contextos, la opción tradicional de aguardar la declaración de concurso habría implicado un riesgo real de paralización de la actividad, una pérdida de valor de la mercancía en tiendas imposible de revertir y la destrucción del empleo, así como del tejido productivo.

El fallo judicial supone que es legítimo recurrir a soluciones más ágiles que el concurso cuando las circunstancias lo demandan. Este precedente no se considera un caso aislado, sino que se espera que marque una senda operativa habitual en reestructuraciones empresariales complejas. El pronunciamiento ofrece un respaldo jurídico esencial a empresas que carecen de margen para aguardar la declaración formal de concurso por el riesgo inminente de caída del negocio, permitiéndoles estructurar operaciones anticipadas para preservar valor y empleo. Este caso también aporta certidumbre y no descarta la posibilidad de planes que sean parcialmente liquidativos.

No obstante, la validez de estas operaciones está sujeta a límites cruciales: debe garantizarse la correcta aplicación de las medidas del plan de reestructuración, la resistencia a los eventuales motivos de impugnación y que no supongan un perjuicio para el patrimonio del deudor y/o de los acreedores.

La relevancia de este pronunciamiento se extiende más allá de la compraventa de la unidad productiva. La Audiencia también validó la financiación interina concedida por el Grupo Cuevas. Esta financiación fue orientada a sostener la actividad ordinaria, garantizando el suministro y la operativa de los establecimientos de El Arco durante todo el proceso de reestructuración.

La financiación interina se confirma así como un instrumento flexible de liquidez ad hoc, vital cuando no es posible conseguir financiación bancaria o de terceros. Su admisión por los Tribunales siempre dependerá de la realidad, legitimidad y cumplimiento de los requisitos legales, así como que no perjudique injustamente los intereses de los acreedores.

Un aspecto de gran importancia es que la resolución considera que la financiación interina puede configurarse como una clase afectada dentro del propio plan de reestructuración. Tradicionalmente, este mecanismo se concebía más como un elemento auxiliar o puente que gozaba de cierta protección frente a acciones rescisorias (conforme al artículo 667 TRLC), así como de un tratamiento preferencial en caso de concurso (Artículos 242.1.17 y 280.6 TRLC), pero no siempre era admitida como una clase separada. La decisión de la Audiencia Provincial le otorga un rol activo y estructural en el mapa de acreedores, integrándolo en la arquitectura del plan.

En definitiva, al validar tanto la compraventa de la unidad productiva como la financiación interina, la Audiencia Provincial de Oviedo ha articulado una vía operativa, que promueve un sistema eficiente de rescate de empresas en crisis que beneficia tanto a los acreedores, como al deudor, y coadyuva a la conservación del tejido empresarial.

* Dolores Alemany, responsable de Reestructuraciones e Insolvencias de BDO Abogados

El reciente fallo de la Audiencia Provincial de Oviedo, al validar el traspaso del grueso de la cadena de tiendas de Alimentos El Arco a Grupo Cuevas, establece un precedente fundamental para el derecho de las reestructuraciones en España.

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