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Autónomos y pymes también pueden reclamar cláusula suelo
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Juan Ignacio Navas (Navas y Cusí)

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Autónomos y pymes también pueden reclamar cláusula suelo

Autónomos y pymes son considerados consumidores finalistas y por lo tanto pueden reclamar la devolución de las cantidades cobradas como consecuencia de la cláusula suelo

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Tengo una hipoteca con el Banco Popular con una cláusula suelo al 4,9% sobre una oficina comercial y un garaje. Estas propiedades nunca han tenido actividad comercial ni han sido alquiladas. Yo soy un inversor particular. ¿Tengo derecho a que se me anule la cláusula suelo y a la devolución de las cantidades cobradas de más?

La doctrina de Luxemburgo sobre qué debe de entenderse por consumidor minorista es muy clara: a efectos de abusividad, un consumidor minorista es aquel cuyo destino del préstamo es distinto a su actividad profesional. Si tuviera una inmobiliaria o una entidad de crédito y hubiera comprado la oficina y el garaje no podría ser considerado como consumidor minorista. Pero no es el caso.

Asumiendo que no es consumidor minorista, puede reclamar la devolución de las cantidades cobradas de más por la cláusula suelo tal y como señala la sentencia de Luxemburgo del 21 de diciembre de 2016: siempre que la comercialización fuera no transparente. Eso es lo que tendríamos que evaluar y lo que dirimirá el juez.

Creo que con esto respondo también al dueño de una autoescuela, autónomo, que tenía local con una hipoteca de la Caixa por un suelo del 4,5%: sí, puedes ser considerado consumidor minorista y puedes reclamar.

Expropiación de acciones

Tenía acciones de una empresa de la que el Estado se hizo cargo. Me pagó lo que les pareció o creyeron conveniente, yo nunca estuve de acuerdo y nunca di mi consentimiento a vender. Tengo derechos a reclamar lo que me expropiaron.

Si considera que el ‘justi-precio’, es decir, lo que le pagaron por la expropiación, no es justo, obviamente puede reclamar. Es más, le diría que debe reclamar lo que considera que es suyo. Iría por la jurisdicción contencioso-administrativa y tendría que demostrar con datos objetivos (ventas, valoración de empresas de la competencia, etc) que el valor de la compañía es superior al que le pagaron.

Broker perezoso…

¿Puedo reclamar a mi bróker por una orden de compra de acciones dada y que, por un problema técnico suyo no se realizó? El precio no dejó de subir y yo me quedé fuera….tengo los pantallazos de la operación.

Obviamente el bróker debe de asumir la responsabilidad de sus problemas técnicos y no trasladar su responsabilidad al cliente. Otra cosa es determinar el daño, en este caso el lucro cesante. ¿Tenía ‘stop win’?, ¿cómo probar que tenías intención de mantener? Además, el juez tendría que considerar prueba válida el pantallazo o bien reclamar archivos informáticos para probar su orden.

Intereses abusivos

Contraje una deuda con Citybank de unos 5000€ allá por 2009. La tarjeta la rompí hace ya unos cuantos años (4-5 aproximadamente) y desde entonces pago una cuota para liquidarla. Pero la deuda no baja nunca a pesar de que no me salto ninguna cuota. Llevo pagando esa deuda unos 5 años (eso son 60 cuotas aproximadamente) sin gastar nada y la deuda apenas se redujo 1000€. Estoy pagando unos intereses descomunales: un poco más de la mitad de la cuota son intereses. Creo que es un abuso claro y evidente y me gustaría saber si puedo acogerme a la ley de la segunda oportunidad. De lo contrario parece que seguiré pagando esa tarjeta hasta 2025.

Entiendo que está pagando por intereses de demora elevados. El Supremo ha señalado que los intereses de demora que superen 3 puntos el tipo establecido deben ser considerados como abusivos. En su caso, da la sensación de que estamos en ese escenario por lo que podría reclamar por abusividad.

Además, recientemente hemos conocido sentencias que decretan la nulidad de las cláusulas de intereses de demora por entender que la ‘letra pequeña’ es ilegible para el consumidor. Así lo señala una sentencia de la Audiencia provincial de Castellón de este mismo mes. En cuanto a la ley de segunda oportunidad, tendríamos que analizar su caso concreto: sus ingresos y gastos; la ley es bastante exigente.

Tengo una hipoteca con el Banco Popular con una cláusula suelo al 4,9% sobre una oficina comercial y un garaje. Estas propiedades nunca han tenido actividad comercial ni han sido alquiladas. Yo soy un inversor particular. ¿Tengo derecho a que se me anule la cláusula suelo y a la devolución de las cantidades cobradas de más?