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Sicavs: Quién pierde con las participaciones cruzadas
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Juan Gómez Bada

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Sicavs: Quién pierde con las participaciones cruzadas

Los grandes patrimonios tienen varias alternativas razonables, pero lo sorprendente es la propuesta de algunos bancos

Foto: Fotografía: Unsplash/Archivo
Fotografía: Unsplash/Archivo

La gran ventaja de las sicavs es que el control del patrimonio lo tienen sus dueños. A través de la junta de accionistas y del consejo de administración, dónde suelen tener mayoría, las familias deciden sobre aspectos tan relevantes como la política de inversión y quién será la sociedad gestora (entidad financiera) encargada de la gestión del vehículo.

Cambiar de entidad era relativamente fácil porque muchas entidades estaban capacitadas para ello y conseguir 100 "mariachis" —inversores testimoniales— era sencillo y barato para los bancos. Gracias a esto las familias se han beneficiado de una alta competencia para prestar estos servicios, lo que ha permitido que las comisiones se mantengan bajas.

Foto: María Jesús Montero, ministra de Hacienda. (EFE/Zipi)

La Ley 11/2021, de 9 de julio, representa un antes y un después para estos vehículos porque les obliga a mantener, al menos, 100 participes con más de 2.500 euros cada uno para tributar al tipo reducido del 1%. Ante esta tesitura, los grandes patrimonios tienen varias alternativas razonables, pero lo sorprendente es la propuesta de algunos bancos.

A través de participaciones cruzadas entre los clientes se han lanzado a cumplir el requisito de 100 partícipes con más de 2.500 euros cada uno. Es decir, para que una sicav mantenga la tributación al tipo reducido del 1% los dueños tienen que dar entrada en su vehículo a otros inversores que tengan una participación cercana a 250.000 euros en total y, a su vez, les piden que inviertan pequeñas cantidades por importe total similar en otras sicavs de otros clientes del banco, para ayudar a cumplir el mismo requisito normativo a terceros.

Foto: Imagen: iStock.

¿Qué implicaciones tiene esto para los dueños de las sicavs? Puede parecer que pocas, porque los números son asumibles para la mayoría y tiene la gran ventaja para ellos de que no tienen que buscar una alternativa para su sicav. Por ello, son muchos los que se han lanzado a esta opción.

Sin embargo, a largo plazo esta decisión es pésima para los dueños de las sicavs. Los bancos que hayan decidido emprender este camino tendrán presos a sus clientes durante años. Los grandes patrimonios quedarán a expensas de sus entidades para cumplir el requisito de número de partícipes mínimo. Además, cambiar de entidad será mucho más costoso y complicado por estos nuevos requisitos.

Foto: Imagen: iStock.

Por su parte, los bancos, que conocen bien la normativa, ofrecen a sus clientes más de 100 partícipes, pero menos de 500 para no convertir las sicavs de sus clientes en traspasables y, de esa manera, evitar que puedan decidir traspasar parte del patrimonio a otros fondos o sicavs sin saldar cuentas con Hacienda. Es decir, les dan los partícipes justos y necesarios para conseguir lo que a ellos les interesa, pero no aquellos otros que les darían más libertad a sus clientes.

Destaco que las sicavs, españolas y extranjeras, son traspasables sin rendir cuenta con Hacienda únicamente si en el momento de realizar el traspaso cuentan con más de 500 partícipes. Esto es diferente en los fondos de inversión: los partícipes de los fondos pueden traspasar sus inversiones siempre, independientemente de número de partícipes del fondo.

Algunos bancos han encontrado las virtudes de la nueva ley y han emprendido el camino de las participaciones cruzadas

En conclusión, algunos bancos han encontrado las virtudes de la nueva ley, han emprendido el camino de las participaciones cruzadas y parece que muchas familias están aceptando. La mayoría no es consciente de que hoy deciden ellos, pero mañana no. Su patrimonio va a quedar vinculado a la política de participaciones cruzadas de un banco para poder mantener un tipo impositivo razonable. La dependencia del banco va a ser mucho mayor.

Además, si en algún momento cambian de opinión el banco o el cliente, a quién le saldrá caro será al cliente, porque habrá finalizado el plazo para acogerse al régimen transitorio que establece la nueva ley para poder liquidar la sicav y reinvertir el dinero sin pagar peaje fiscal.

La gran ventaja de las sicavs es que el control del patrimonio lo tienen sus dueños. A través de la junta de accionistas y del consejo de administración, dónde suelen tener mayoría, las familias deciden sobre aspectos tan relevantes como la política de inversión y quién será la sociedad gestora (entidad financiera) encargada de la gestión del vehículo.

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