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¿Libertad en los planes de pensiones?
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Juan Gómez Bada

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¿Libertad en los planes de pensiones?

A partir del 1 de enero de 2025 se podrán rescatar total o parcialmente las cantidades aportadas con una antigüedad de al menos 10 años y sus plusvalías

Foto: Dos jubilados caminan por Madrid. (Europa Press/Eduardo Parra)
Dos jubilados caminan por Madrid. (Europa Press/Eduardo Parra)

Quedan seis meses para que sea posible rescatar las aportaciones realizadas a los planes de pensiones con más de 10 años de antigüedad, junto con sus plusvalías. Con esta medida se pretende incentivar el ahorro en este tipo de inversiones y aumentar la confianza en el sistema de ahorro para la jubilación. La iliquidez de los planes, una de las principales críticas a estas inversiones, es muy relevante porque, mientras no pueda ser rescatado, el ahorro no puede ser utilizado ni para comprar una casa, emprender, o la formación de los hijos, entre otros usos. Solamente se podía rescatar una vez jubilado o bajo unos supuestos muy restrictivos como invalidez o desempleo de larga duración.

A partir del 1 de enero de 2025 se podrán rescatar total o parcialmente las cantidades aportadas con una antigüedad de al menos 10 años —y sus plusvalías— para cualquier fin, es decir, sin necesidad de jubilarse. Aunque hay que recordar que seguirá siendo necesario tributar por ellas como renta del trabajo el año en el que se realice el rescate.

Esta novedad cambia la perspectiva de los ahorradores, quienes podrán aprovechar la deducción fiscal que ofrecen los planes de pensiones si están dispuestos a inmovilizar su dinero por 10 años, en lugar de hasta la jubilación. Si bien muchos se animarían más si el periodo fuera de solo 5 años, la reducción a 10 años es un avance significativo.

Es importante destacar que la posibilidad de rescatar no implica que la mayoría vaya a hacerlo, sino que simplemente se les ofrece esta opción. Por ejemplo, en los fondos de inversión, los reembolsos pueden hacerse diariamente, pero la mayoría de los inversores permanecen invertidos durante el tiempo que consideran conveniente. La opción de poder disponer del dinero genera confianza y utilidad a los inversores.

Libertades diferentes según el plan de pensiones

Si bien es cierto que es una mejora sustancial en las opciones de los ahorradores, debemos recordar que aún existen diferencias significativas en las libertades según el tipo de plan de pensiones al que se aporte.

  1. Planes de pensiones individuales: los ahorradores pueden elegir quién tomará las decisiones de inversión, en qué tipo de activos invertir y, si cambian de opinión, tienen la libertad de traspasar su dinero a otro plan sin impacto fiscal.
  2. Planes de pensiones de empleo: en este caso, el ahorrador no elige, es la empresa la que decide, y los empleados no pueden traspasar su dinero a otro plan hasta finalizar su relación laboral con dicha empresa. Si tienen la "mala suerte" de jubilarse en esa empresa se quedarán atados a su plan de pensiones, sin poder traspasarlo a otro, hasta que la muerte les separe.
  3. Planes de pensiones de autónomos: los autónomos pueden elegir entre los planes disponibles para ellos (aunque la oferta es menor) y traspasar su dinero entre estos tipos de planes. Solamente podrán transferirlo a un plan individual si pierden su condición de autónomos.

En definitiva, aunque se han logrado avances significativos en las opciones disponibles para los ahorradores, aún queda un camino por recorrer para optimizar la autonomía y flexibilidad en los planes de pensiones. Es esencial y muy positivo que las empresas continúen apoyando a sus empleados a través de aportaciones a planes de pensiones, pero también es crucial que se evolucione hacia un modelo donde los trabajadores puedan decidir sobre sus inversiones. Esto no solo fomentaría el ahorro privado, sino que también permitiría que cada trabajador elija su plan de acuerdo con sus preferencias y necesidades.

Tiene sentido que las empresas puedan promover o elegir un plan de pensiones para que no tengan que aportar a cientos o miles de planes diferentes, pero después, cada trabajador debería ser libre para decidir si quiere mantenerse en ese plan o traspasarlo a cualquier otro que se ajuste más a sus necesidades (aversión al riesgo; edad; etc) o preferencias (tipos de activos; estrategia de inversión; comisiones; etc). La legislación necesita mantener el ritmo con las demandas de los trabajadores, fomentando un sistema de pensiones que realmente les ofrezca control sobre su ahorro personal.

Quedan seis meses para que sea posible rescatar las aportaciones realizadas a los planes de pensiones con más de 10 años de antigüedad, junto con sus plusvalías. Con esta medida se pretende incentivar el ahorro en este tipo de inversiones y aumentar la confianza en el sistema de ahorro para la jubilación. La iliquidez de los planes, una de las principales críticas a estas inversiones, es muy relevante porque, mientras no pueda ser rescatado, el ahorro no puede ser utilizado ni para comprar una casa, emprender, o la formación de los hijos, entre otros usos. Solamente se podía rescatar una vez jubilado o bajo unos supuestos muy restrictivos como invalidez o desempleo de larga duración.

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