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Cambios en las sicav, bien pero tarde
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Luis Trigo

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Cambios en las sicav, bien pero tarde

Desde que se presentaron el pasado viernes los Presupuestos Generales del Estado, la noticia que ha ocupado más espacio en la prensa, con relación a las

Desde que se presentaron el pasado viernes los Presupuestos Generales del Estado, la noticia que ha ocupado más espacio en la prensa, con relación a las medidas anunciadas por el Gobierno, ha sido una de alcance limitado a un muy reducido grupo de personas:  la modificación de la fiscalidad de las devoluciones de aportaciones de las SICAV.

 

No nos llama la atención que este cambio normativo ocupe las portadas de los diarios y se convierta en tema recurrente de tertulias y editoriales, pues ya es habitual que todo lo que tenga que ver con este vehículo de inversión desate encendidas polémicas, pero creo que la razón de este interés no es de raíz jurídica ni ética, sino que más bien tiene que ver con el impulso que mueve a la gente a preocuparse por las evoluciones de Belén Esteban o que ha llevado a Gran Hermano a ser una producción de éxito. La indiscreta observación de lo ajeno atrae a muchos, y las SICAVs constituyen una ventana abierta por la que meter la nariz en las casas de los que más tienen.

No me acusen de abordar con ligereza y desenfado un tema que a muchos lleva a rasgarse las vestiduras. Procuro ser riguroso en lo jurídico y además (y por ello) sensible con las quiebras que se producen en los fundamentos de equidad sobre los que deben asentarse las normas tributarias, pero es que con relación al tratamiento fiscal de las SICAVs, aisladamente considerado, nunca he encontrado argumentos que justifiquen la cruzada que se viene manteniendo contra estas entidades.  

Déjenme que me explique. La fiscalidad del ahorro ha evolucionado hacia posiciones de máxima neutralidad, lo cual quiere decir que el gravamen en el IRPF es el mismo para todo tipo de productos financieros en los que invertir.

Se permite, eso sí, con relación a las inversiones canalizadas a través de ciertos vehículos, diferir la tributación al momento en el cual se obtiene la liquidez por el inversor, sin que, además, prácticamente exista, tributación en el propio vehículo por las rentas obtenidas (1% en el Impuesto sobre Sociedades). 

En base a ello, si una persona toma participaciones en una de estas entidades, no tributa a medida que la misma va obteniendo rendimiento de sus inversiones, sino cuando procede al reembolso de su participación.

Pero este régimen no es exclusivo de las SICAVs. Se aplica a todas las instituciones de inversión colectivas (IICs), que actualmente constituyen, según datos de INVERCO el destino del 8% del ahorro de los españoles (aunque venimos de cifras más altas).

La razón de ser de este régimen de diferimiento se encuentra en el interés que ha sentido el legislador desde hace muchos años (con gobiernos de partidos políticos distintos) en proteger el ahorro estable y gestionado profesionalmente. Tal es este interés que no sólo dota a éste ámbito de un régimen fiscal que puede resultar atractivo, sino de unas normas de disciplina estrictas, tanto con relación a la operativa de estas entidades como de sus gestores, sometiendo a unas y otros a la supervisión administrativa a través de la CNMV. 

Además, se da la circunstancia que no sólo a las IICs  se les aplica un régimen de diferimiento fiscal. En otros ámbitos de canalización del ahorro, como el capital riesgo o los seguros de vida nos encontramos con regímenes similares o más favorables.

Dentro de las IICs, se observa, por otra parte,  que los fondos de inversión mobiliaria disponen de un mecanismo de prolongación del diferimiento, de muy limitada aplicación a las SICAVs, cual es el diferimiento por reinversión, que permite no tributar en el reembolso del fondo si se vuelve a invertir en otro fondo.

Si esto es así (que lo es),  ¿qué es lo que hace que las SICAV sean vistas como el enemigo público número uno? Pues, simplemente que su capital mínimo es de 2.400.000 €, y que suele estar concentrado en porcentajes próximos al 100% en una persona o una familia, lo cual hace que se las vea como un vehículo de inversión exclusivo.

Esta exclusividad es la que parce molestar, pero el enfoque no puede ser más perverso pues el principio de igualdad ante la Ley no nos puede llevar a discriminar en atención a la dimensión de la fortuna. Que se quiera aspirar a un modelo más redistributivo es otra cuestión y los cauces para conseguirlo, desde luego, son otros.

Estando así las cosas, creo que hay que felicitarse por la finura con la que el Gobierno se ha enfrentado a las reiteradas peticiones de liquidación del régimen, máxime en unos momentos en los que las tensiones económicas y sociales incrementan la presión, y la tentación de hacer claudicaciones podía ser grande.

En lugar de dejarse influir por esta presión, se va ha hacer un retoque en el régimen que puede valorase positivamente, pues se fundamente precisamente en los principios que  estamos defendiendo en este post, que son los de igualdad y neutralidad. La AEAT ha justificado la reforma en la necesidad de situar en un plano de igualdad a las distintas instituciones de inversión colectiva, huyendo del manido debate entre pobres y ricos. Nota aclaratoria sobre el ajuste normativo para evitar diferimientos de tributación por los accionistas de las sicav. AJUSTE NORMATIVO PARA EVITAR DIFERIMIENTOS DE TRIBUTACIÓN POR LOS ACCIONISTAS DE LAS SICAV (IRPF / IS): Ministerio de Economía y Hacienda.

Lo que sucedía es que los socios de las SICAVs, podía recuperar la inversión realizada parcialmente, mediante reducciones de capital o distribución de prima de emisión sin que se tributase por el beneficio obtenido por la sociedad, que quedaba remansado en las reservas, difiriendo su tributación en los socios hasta el momento en que se transmitiesen las acciones de la sociedad o se repartiese dividendo.

Esta operativa, que permite obtener liquidez sin tributar no es posible realizarla en los fondos de inversión.

La Administración ha optado por no eludir el debate, acometiendo una reforma técnica, perfectamente defendible y aceptable, y lo que es más importante, dejar claro con su actuación que no estamos ante un régimen que establezca privilegios, el cual desea mantener, contribuyendo con ello a ofrecer, con hechos un mensaje de seguridad y confianza. Lo malo es que ha reaccionado tarde, después de muchos titubeos y probablemente esa confianza está ya muy dañada.   

Desde que se presentaron el pasado viernes los Presupuestos Generales del Estado, la noticia que ha ocupado más espacio en la prensa, con relación a las medidas anunciadas por el Gobierno, ha sido una de alcance limitado a un muy reducido grupo de personas:  la modificación de la fiscalidad de las devoluciones de aportaciones de las SICAV.

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