Es noticia
Demasiados límites de velocidad
  1. Motor
  2. Automaníacos
Carlos Cancela

Automaníacos

Por
Carlos Cancela

Demasiados límites de velocidad

Una orden ministerial de fecha 6 de abril de 1974 fue la encargada de imponer el primer límite de velocidad genérico en España, el de 130

Una orden ministerial de fecha 6 de abril de 1974 fue la encargada de imponer el primer límite de velocidad genérico en España, el de 130 km/h. Posteriormente, en el año 1976, y como consecuencia de la crisis del petróleo, se redujo dicho límite hasta los 100 km/h. Pero fue en  1981 cuando nuevamente se elevó hasta los 120 km/h.

Esta cifra, la que limitaba la velocidad en carretera en el año 1981, es la misma que a día de hoy sigue limitando a todos y cada uno de los vehículos que circulan por las carreteras españolas, siempre que no se trate de carreteras de segundo orden, de zonas urbanas o lugares en los que exista alguna limitación específica inferior a los citados 120 km/h.

Pero mientras que los límites no han cambiado en los últimos 27 años, lo que sí ha evolucionado y mucho, son los vehículos. Lo que en 1981 era una velocidad hasta cierto punto lógica con automóviles lentos y poco seguros rodando por carreteras bastante peligrosas, hoy no lo es. Los niveles de seguridad de los coches actuales han crecido de forma exponencial en los últimos años, con la generalización de los airbags, control de estabilidad, ABS…

En esas condiciones, y para ciertos tramos de buenas carreteras, parece poco lógico que la velocidad se mantenga en estos valores de los años ochenta. Sería factible aumentar dicha cifra sin un excesivo peligro, al menos hasta 140 en autopistas, por ejemplo.

En los últimos meses se habla mucho de la posibilidad de instaurar un límite de velocidad variable en función de las condiciones de la vía. Pero eso, que podría ser una buena medida si se hiciera con lógica, sólo va a servir para reducir más y más y todavía un poco más la velocidad.

Que la carretera está limpia y es una autovía de tres carriles, pues se marca con 90 km/h y a todo el que se pase se le impone una multa. Que está algo peor, con más tráfico o con lluvia, pues 60 ó 50 ó 40 km/h y a recaudar. Algo inadmisible.

Pero lo peor es que además de estas limitaciones genéricas existen miles y miles de señales que limitan la velocidad en zonas puntuales y en virtud de unos parámetros poco objetivos. Les voy a poner un ejemplo de Madrid. En la M30 hay una calzada central y una lateral. Por ambas se puede circular a 90 km/h. Sin embargo, cuando se sale de dicha vía de circunvalación hacia la N-I, en la calzada central se puede circular a 120 km/h pero en la vía de servicio, con dos carriles, está limitada a 80 km/h y en algunas zonas a 60.

Seguro que todos ustedes conocen alguna zona con una señal que no tiene ningún sentido… más que el de poner a continuación un radar.

Una orden ministerial de fecha 6 de abril de 1974 fue la encargada de imponer el primer límite de velocidad genérico en España, el de 130 km/h. Posteriormente, en el año 1976, y como consecuencia de la crisis del petróleo, se redujo dicho límite hasta los 100 km/h. Pero fue en  1981 cuando nuevamente se elevó hasta los 120 km/h.

Velocidad del sonido