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Me han multado por estacionar en una intersección
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Me han multado por estacionar en una intersección

He sido multado en Madrid según el artículo 61 por estacionar en una intersección. El caso es que el coche estaba estacionado en paralelo a un

He sido multado en Madrid según el artículo 61 por estacionar en una intersección. El caso es que el coche estaba estacionado en paralelo a un paso de cebra a un par de metros de la intersección, sin señales ni marcas que impidan expresamente el estacionamiento. Se da el caso de que es un giro a la derecha y el coche esta a la izquierda por lo que tampoco se dificulta la maniobra. ¿Es recurrible esta sanción? Jose Pozo

Habría que analizar el caso concreto para ver si tendría posibilidades de éxito el recurso. No obstante el art. 94 del Reglamento General de Circulación prohíbe en vías urbanas la parada y el estacionamiento en las intersecciones y en sus proximidades si se dificulta el giro a otros vehículos.

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Aparcamiento en zona blanca

Al lado de mi casa existe una zona en la que no está prohibido aparcar pero tampoco está limitada por zona azul o zona verde, lo que comúnmente se llama "zona blanca". Pues bien, un controlador de la SER me dejó una multa por aparcar de forma indebida ¿Según qué artículo?
Cuando vi el aviso de multa hice fotografías desde varias tomas dejando clara la posición de mi vehículo. Recurrí y la respuesta fue una genérica dengación del recurdo sin entrar a valorar las pruebas aportadas.
Mi pregunta es ¿Podría denunciar por prevaricación al funcionario firmante de esa carta por denegar un recurso de forma genérica sabiendo que ni ha llegado a comprobar las pruebas aportadas? ¿No estamos indefensos? Gonzalo Sevilla

Usted puede presentar denuncia por prevaricación, pero a nuestro juicio es díficil que prospere en las circunstancias que nos plantea, ya que dictar una resolución sin motivación, o motivarla de manera genérica, no entraría dentro del tipo penal de dictar una resolución a sabiendas de que es injusta. En todo caso, Vd. Puede utilizar el sistema de recursos previsto en la ley, bien en la vía administrativa o en la jurisdicción contencioso-administrativa.

He sido multado en Madrid según el artículo 61 por estacionar en una intersección. El caso es que el coche estaba estacionado en paralelo a un paso de cebra a un par de metros de la intersección, sin señales ni marcas que impidan expresamente el estacionamiento. Se da el caso de que es un giro a la derecha y el coche esta a la izquierda por lo que tampoco se dificulta la maniobra. ¿Es recurrible esta sanción? Jose Pozo