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¿Es legal poner una lámina solar en el parabrisas?
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¿Es legal poner una lámina solar en el parabrisas?

¿Es legal poner una lámina solar reflectante en la parte superior del parabrisas que queda tapada por las viseras del parasol? Tengo la intención de adquirir

¿Es legal poner una lámina solar reflectante en la parte superior del parabrisas que queda tapada por las viseras del parasol? Tengo la intención de adquirir un coche de una conocida marca francesa que se caracteriza por sus parabrisas prolongados hacia atrás, y me preocupa el calentamiento excesivo del habitáculo. Por eso me gustaría instalar una lámina protectora en toda el área cubierta por las viseras y la cortina enrollable que estos coches tienen instaladas. Entiendo que, si estando desplegadas todas las protecciones que tiene el coche de origen esta zona del parabrisas es a todos los efectos opaca, no debería haber inconveniente legal en montar la lámina protectora. Luis Caño

El Artículo 19 del Reglamento General de Circulación establece, respecto a la visibilidad en el vehículo lo siguiente:

“1.La superficie acristalada del vehículo deberá permitir, en todo caso, la visibilidad diáfana del conductor sobre toda la vía por la que circule, sin interferencias de láminas o adhesivos.

Únicamente se permitirá circular con láminas adhesivas o cortinillas contra el sol en las ventanillas posteriores cuando el vehículo lleve dos espejos retrovisores exteriores que cumplan las especificaciones técnicas necesarias.”

Respecto a dichas condiciones técnicas, éstas están reguladas por la Orden ITC/1992/2010, de 14 de julio, por la que se determinan las condiciones técnicas que deben cumplir las láminas de material plástico destinadas a ser adheridas a los vidrios de seguridad y materiales para acristalamiento de los vehículos en servicio, y por la  ORDEN ITC/2664/2004, de 2 de agosto, por la que se modifica la Orden de 6 de junio de 2001, por la que se determinan las condiciones técnicas que deben cumplir las láminas de material plástico destinadas a ser adheridas a los vidrios de las ventanas laterales traseras y a los de la luneta trasera de los vehículos de motor en servicio.

No obstante, recuerda que sólo se permiten las láminas en las ventanillas posteriores y no en el parabrisas

¿Cómo denunciar el diseño de las rotondas?

Me gustaría saber a quién puedo denunciar por el diseño de las rotondas de mi barrio. Éstas se disponen de manera que cualquier vehículo puede tomarlas rectas, sin siquiera tocar el volante, por lo que los coches las cruzan a velocidades muy superiores a los 40 km/h. Me gustaría saber a qué organismo puedo dirigirme para intentar que pongan badenes, semáforos, radares o lo que sea, de manera que no pase uno por el estress de los frenazos o el susto de ver un coche dirigiéndose hacia ti. José Vergara

Quien puede actuar en este caso es el titular de la vía (ayuntamiento, diputación, comunidad autónoma o Ministerio de Fomento), que es al que deberá dirigir su sugerencia o queja.