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¿Como saber si han aplicado el margen de error correctamente?
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¿Como saber si han aplicado el margen de error correctamente?

El otro día me ha cazado un radar y me acaba de llegar la multa a casa. El tramo es de 50 y yo iba según

El otro día me ha cazado un radar y me acaba de llegar la multa a casa. El tramo es de 50 y yo iba según multa, entre 71 y 80km/h. La sanción es de 300€ y 2 puntos [150€ si pago anticipado de un mes], pero yo no sé si es correcto este importe, si está bien aplicado el margen de error y demás. ¿Hay alguna opción de recurrir con ciertas posibilidades de ganar? Luis Torres.

En el documento fotográfico y en la denuncia debe figurar la velocidad exacta a la que circulabas, ya que dependiendo de dicha velocidad –y el margen de error legalmente aplicable a la medición del radar- será una sanción u otra. Así por ejemplo, si se trataba de un radar fijo y la velocidad que aparece en la foto es igual o inferior a 75 km/h. la sanción que te anuncian no es correcta, ya que la multa a imponer sería la de 100 € sin puntos.

Notificación de requerimiento de pago.

Supuestamente me pusieron una multa en septiembre del año pasado por estacionar en zona reservada para actividad autorizada [mercado]" y supuestamente también me mandaron la notificación para el pago de dicha multa el 31 de marzo pasado, pero yo no he recibido ningún tipo de notificación y ahora me llega un apercibimiento de embargo. ¿Existe algún plazo máximo para la notificación del cobro de las multas?, si es así ¿Se puede presentar algún tipo de recurso, existe algún tipo de formulario para realizarlo?Juana López

Uno de los motivos de oposición al cobro ejecutivo de las deudas es la falta de notificación reglamentaria de la misma. Por eso hay que analizar las razones por las que la Administración que no te pudo notificar la multa con anterioridad, y que medio utilizó para ello. (Recuerda que el sistema de notificación a través de los Boletines Oficiales sólo está permitido de forma excepcionalísima cuando no haya sido posible localizarte por otros medios). Pide en la recaudación ejecutiva que te enseñen todos los acuses de recibo de los intentos de notificación. Desde el 25 de mayo de 2010 el plazo de prescripción son 4 años. Antes era de solo uno.

El otro día me ha cazado un radar y me acaba de llegar la multa a casa. El tramo es de 50 y yo iba según multa, entre 71 y 80km/h. La sanción es de 300€ y 2 puntos [150€ si pago anticipado de un mes], pero yo no sé si es correcto este importe, si está bien aplicado el margen de error y demás. ¿Hay alguna opción de recurrir con ciertas posibilidades de ganar? Luis Torres.