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¿Cómo defenderme contra una denuncia irregular?
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¿Cómo defenderme contra una denuncia irregular?

Circulaba por la A-23 cuando se me situó a mi lado un coche en paralelo durante unos segundos y al cabo de un tiempo me rebasó

Circulaba por la A-23 cuando se me situó a mi lado un coche en paralelo durante unos segundos y al cabo de un tiempo me rebasó y encendió la señal de “pare” y de  “policía”. La denuncia dice que circulaba a 157km/h y está firmada por tres agentes -agentes denunciantes y testigo-. Y son 300 euros pero sin pérdida de puntos. ¿Está bien aplicado el margen de error?, porque creo que la multa debería ser solo de 100 euros. Roberto Fernández

El error máximo admisible en la medición de velocidad efectuada por los cinemómetros (radares) es de más menos el 5%, en radares estáticos; o del 7% en radares dinámicos. Por tanto tus alegaciones deben ir dirigidas a comprobar el correcto funcionamiento del radar solicitando pruebas de ello. Por otra parte, en cuanto a la sanción que te anuncian (300 € y 2 puntos) debemos indicarte que efectivamente, a nuestro juicio, es errónea por cuanto no han aplicado los márgenes de error legalmente establecidos si en la fotografía aparece que ibas a 157 km/h. Si te resulta dificultoso recurrir, lo que podemos sugerirte es que te asocies a AUTOMOVILISTAS EUROPEOS ASOCIADOS (AEA) que por una cuota anual muy asequible se encargarían de elaborar los escritos en tu defensa.

Recurrir tras el embargo de Hacienda

Me han llegado dos multas por exceso de velocidad a través de Haciendo un año y medio después de, supuestamente, ocurrir los hechos. No he recibido antes ningún aviso ni siquiera la obligación de reconocer al conductor. Las dos me las han puesto los Mossos de Esquadra el mismo día en Barcelona. Y me han retenido mi devolución de Hacienda. Esto es un robo. Luis Arroyo.  

Uno de los motivos de oposición al cobro ejecutivo de las deudas es la falta de notificación reglamentaria de la misma. Por eso para poder informarte acerca de las posibilidades de ganar el recursos habría que saber las razones por las que la Administración que no te pudo notificar las multas con anterioridad, y que medio utilizó para ello. (Recuerda que el sistema de notificación a través de los Boletines Oficiales sólo está permitido de forma excepcionalísima cuando no haya sido posible localizarte por otros medios). Pide en la recaudación ejecutiva y en el Servei Catalá de Tránsit que te enseñen todos los acuses de recibo de los intentos de notificación. Si no te han notificado correctamente tanto la denuncia como la sanción, así como la providencia de apremio previo al embargo, tendrás éxito en la reclamación planteada.

Circulaba por la A-23 cuando se me situó a mi lado un coche en paralelo durante unos segundos y al cabo de un tiempo me rebasó y encendió la señal de “pare” y de  “policía”. La denuncia dice que circulaba a 157km/h y está firmada por tres agentes -agentes denunciantes y testigo-. Y son 300 euros pero sin pérdida de puntos. ¿Está bien aplicado el margen de error?, porque creo que la multa debería ser solo de 100 euros. Roberto Fernández