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¿Cómo defenderme contra una denuncia falsa?
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¿Cómo defenderme contra una denuncia falsa?

Recientemente me encontré en el parabrisas de mi coche una denuncia impuesta por un controlador del SER de Madrid en donde se decía: "Estacionar obstaculizando gravemente

Recientemente me encontré en el parabrisas de mi coche una denuncia impuesta por un controlador del SER de Madrid en donde se decía: "Estacionar obstaculizando gravemente la circulación de vehículos o peatones o constituyendo un riesgo para los mismos. Precepto infringido: 61ORD.MOV.Importe:200€."

Siendo totalmente falsas las circunstancias que se me achacan y sin posibilidad de defensa, ¿cómo debo proceder? Puedo presentar una denuncia contra el controlador y que demuestre los hechos denunciados o tengo que aguantarme y seguir el procedimiento de reclamación que siempre termina con una providencia de apremio y pagando? ¿Saben si los controladores del SER tienen incentivos salariales por denunciar? Ignacio Cuenca

De acuerdo con la Ordenanza de Movilidad de Madrid los vigilantes de las zonas de estacionamiento regulado (SER) están obligados a denunciar las infracciones de estacionamiento que observen. Sin embargo, de acuerdo con la Ley de Seguridad Vial, sólo gozan de presunción de veracidad aquellas denuncias formuladas por quienes ostenten la condición de Agentes de la Autoridad. Por esa razón, si usted niega los hechos, el Ayuntamiento de Madrid tendrá que disponer de otros medios de prueba, además de la simple denuncia del controlador, para que se pueda sancionar el hecho que se le atribuye y dado que no tiene carácter de delito o falta, no prosperaría ninguna denuncia penal que usted pudiera formular contra el controlador. Pero eso no significa que usted tenga que aguantarse, sino que dentro del procedimiento sancionador puede usted ejercer su legítimo derecho a la defensa. En cualquier caso, tendría que esperar a recibir por correo la correspondiente denuncia dado que el boletín dejado en el parabrisas no es preceptivo y tan solo constituye un aviso informativo.

Respecto de los incentivos salariales que pudieran tener, desconocemos su existencia ya que los controladores del SER son empleados de empresas privadas cuyas condiciones laborales no conocemos.

¿Qué hago sihe perdido la identificación de paso de la ITV?

Recientemente unos agentes de la Guardia Civil me pararon en la M40. En la denuncia pone Vía M40 Punto Km 0008,00 con dirección a A3, pero yo ya había abandonado la M40, justo es una rotonda por debajo de la M40] y me ha multado por no llevar instalada en el vehículo la señal reglamentaria correspondiente de haber pasado la ITV [v-19]. Efectivamente, no llevaba la pegatina y no la encuentro. Puesto en contacto con la Estación de la ITV donde pasé la inspección reglamentaria, me comentan que solo pueden facilitarme un duplicado si entrego la anterior o tal vez si aporto una factura de rotura de lunas.Y mis preguntas son: ¿es competente la Guardia Civil para multar en cualquier zona de Madrid?, y la otra ¿Pueden negarse a darme un duplicado? Lucas Sancha

Respecto de la primera cuestión la función de la Guardia Civil –la de cualquier cuerpo policial- es la de denunciar ante la autoridad los hechos que pueden constituir una infracción. Por tanto, es válida la denuncia realizada por cualquier policía –incluso por cualquier particular- en cualquier lugar . La única diferencia estriba en que las denuncias formuladas por los agentes de la autoridad (policía o Guardia Civil) que además estén realizando funciones de vigilancia del tráfico gozan de presunción de veracidad sobre los hechos denunciados. Por tanto, si en ese lugar la Guardia Civil no tuviera encomendada la función de vigilancia del tráfico, la única consecuencia es que además de su versión tendrían que aportan algún otro elemento probatorio para poder estimar acreditada la infracción, si Vd. niega los hechos.

En relación con la segunda, nuestra opinión es que no procedería la denuncia por este motivo si se exhibe al agente el informe favorable de inspección y la ficha técnica, que es obligatorio llevar en el coche, ya que la normativa sobre ITV no ha regulado la expedición de duplicados del distintivo.

Recientemente me encontré en el parabrisas de mi coche una denuncia impuesta por un controlador del SER de Madrid en donde se decía: "Estacionar obstaculizando gravemente la circulación de vehículos o peatones o constituyendo un riesgo para los mismos. Precepto infringido: 61ORD.MOV.Importe:200€."

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