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¿Cómo determino al infractor que iba en mi coche?
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¿Cómo determino al infractor que iba en mi coche?

Figuro como propietario de un vehículo que en realidad es de uso familiar y los usamos tres hermanos. Justo antes de las fiestas he recibido una

Figuro como propietario de un vehículo que en realidad es de uso familiar y los usamos tres hermanos. Justo antes de las fiestas he recibido una multa de la policía local en la que me acusa de utilizar durante la conducción dispositivos de telefonía móvil que requiere intervención manual del conductor, y por ello me imponen una sanción de 200 euros y tres puntos del carné de conducir. En el escrito que he recibido se dice literalmente: no se notificó al infractor por el motivo: el agente presta otro servicio. No puedo saber quién iba conduciendo el coche en ese momento, porque no sé cual de mis hermanos llevaba el coche. Pero mi pregunta es, ¿es legal que un agente esté haciendo otras tareas y por ello no me pueda parar pero si pueda multarme por, supuestamente, usar el móvil? Andrea Pérez

Esa denuncia es inválida porque no cumple los requisitos establecidos en el Art. 76 de la Ley de Segundad Vial respecto de las causas que permiten notificar las denuncias sin parar al conductor en el momento de cometerse la infracción, ya que el hecho de que el agente estuviera prestando otro servicio no es legalmente un motivo que justifique la no detención del supuesto infractor.

Vehículo con radar subido en una acera

Estoy de acuerdo en que hay que poner radares porque los conductores superan la velocidad establecida, pero el otro día he visto una actuación policial que me parece aún peor y quería saber si se puede actuar contra ellos. Estaba dando un paseo en León y cuando trataba de cruzar al otro lado de la calle por un paso de peatones tuve que esquivar un coche que estaba subido en mitad de la acera, justo en el sitio donde está el paso y que tiene la acera rebajada. Era un coche de la policía municipal que estaba escondido molestando a los peatones, quitándonos nuestro sitio, para poder multar a los conductores. Yo creo que el fin no justifica los medios y no se puede molestar a los demás con el único fin de sancionar. ¿Se puede denunciar de alguna manera esta actitud? S. A.

Los Agentes de la Autoridad encargados de la vigilancia del tráfico no tienen patente de corso y, desde luego, su actuación debe ceñirse al estricto cumplimiento de la ley. No obstante, el Art. 68 del Reglamento General de Circulación establece que “podrán utilizar o situar sus vehículos en la parte de la vía que resulte necesaria cuando presten auxilio a los usuarios de ésta o lo requieran las necesidades del servicio o de la circulación”. En cualquier caso, si observas que la actuación de los Agentes pudiera ser incorrecta o arbitraria, puedes formular denuncia ante el Alcalde, aportando alguna prueba (fotografías, declaración de testigos, etc).

Figuro como propietario de un vehículo que en realidad es de uso familiar y los usamos tres hermanos. Justo antes de las fiestas he recibido una multa de la policía local en la que me acusa de utilizar durante la conducción dispositivos de telefonía móvil que requiere intervención manual del conductor, y por ello me imponen una sanción de 200 euros y tres puntos del carné de conducir. En el escrito que he recibido se dice literalmente: no se notificó al infractor por el motivo: el agente presta otro servicio. No puedo saber quién iba conduciendo el coche en ese momento, porque no sé cual de mis hermanos llevaba el coche. Pero mi pregunta es, ¿es legal que un agente esté haciendo otras tareas y por ello no me pueda parar pero si pueda multarme por, supuestamente, usar el móvil? Andrea Pérez

Multa Policía Municipal de Madrid