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¿Puedo usar como prueba un vídeo grabado en el coche?
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¿Puedo usar como prueba un vídeo grabado en el coche?

Me voy a poner una cámara de tipo GoPro para poder tener pruebas de todo lo que ocurre mientras conduzco. Pero tengo una duda de si esto es legal, si me pueden sancionar

Ya he tenido en dos ocasiones problemas de pequeños choques en los que el otro conductor y yo no nos pusimos de acuerdo en cómo había sido el accidente y por eso se me ha ocurrido que dado que las cámaras de tipo GoPro son accesibles me voy a poner una cámara de este tipo para poder tener pruebas de todo lo que ocurre mientras conduzco. Pero tengo una duda de si esto es legal, si me pueden sancionar y demás. ¿Me pueden dar su opinión? ¿Servirían las grabaciones como prueba en caso de verme implicado en un accidente? Ramón Cordero

La consulta que nos haces tiene muchas matizaciones, por lo que habría que determinar los fines que se persiguen con esa grabación, el espacio que se va a grabar, etc., para poder darte una respuesta concreta, ya que su legalidad depende de muchos factores.

En principio, una grabación no es ilegal siempre que no se realice vulnerando el derecho a la intimidad (por ej. grabación de espacios privados) o al de la propia imagen (por ej. captación y reproducción sin autorización de los afectados).

No obstante, debemos informarte que la captación de imágenes de las personas físicas, es decir, la grabación de la imagen de una persona, es un dato personal, y genera un tratamiento de datos sometido a La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, y por tanto sujeto a una serie de requisitos respecto del responsable del fichero y los derechos de acceso, rectificación y cancelación de los ciudadanos.

Por su parte, la Agencia Española de Protección de Datos, ha tenido oportunidad de pronunciarse en distintas ocasiones sobre el tratamiento de datos personales a través de sistemas de cámaras o videocámaras (en taxis, en comunidades de propietarios), y ha establecido que es necesario analizar caso a caso para determinar si esa grabación se ajusta o no a la Ley.

Y desde el punto de vista de la seguridad vial, no existe una prohibición expresa al respecto, siendo de aplicación la prescripción general del Art. 18 del Reglamento General de Circulación : “Se prohíbe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares “.

Una multa de radar y el coche de la GC está en un prohibido

He recibido una multa por exceso de velocidad de la DGT. El coche estaba parado y metido dentro de un chalé al borde de la carretera, pero pensé que esa multa no llegaría, porque me parece absurdo que para esconderse se metan dentro de una propiedad privada. Pero me ha llegado y son 300 euros y dos puntos. No puedo recurrirla por nada, porque viene el margen de error y coincide con los que ustedes han publicado en otras ocasiones. Por ello, mi pregunta es si no se puede alegar que el coche estaba en una propiedad privada sin el permiso adecuado, en una zona marcada como prohibido aparcar por el vado del chalé. Alvaro Cortés

Los Agentes de la Autoridad encargados de la vigilancia del tráfico no tienen patente de corso y, desde luego, su actuación debe ceñirse al estricto cumplimiento de la ley. No obstante, el Art. 68 del Reglamento General de Circulación establece que “podrán utilizar o situar sus vehículos en la parte de la vía que resulte necesaria cuando presten auxilio a los usuarios de ésta o lo requieran las necesidades del servicio o de la circulación”. En cualquier caso, si observas que la actuación de los Agentes pudiera ser incorrecta o arbitraria, puedes formular denuncia ante las autoridades, aportando alguna prueba (fotografías, declaración de testigos, etc).

Ya he tenido en dos ocasiones problemas de pequeños choques en los que el otro conductor y yo no nos pusimos de acuerdo en cómo había sido el accidente y por eso se me ha ocurrido que dado que las cámaras de tipo GoPro son accesibles me voy a poner una cámara de este tipo para poder tener pruebas de todo lo que ocurre mientras conduzco. Pero tengo una duda de si esto es legal, si me pueden sancionar y demás. ¿Me pueden dar su opinión? ¿Servirían las grabaciones como prueba en caso de verme implicado en un accidente? Ramón Cordero

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