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¿Se puede denunciar sin dar la velocidad exacta?
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¿Se puede denunciar sin dar la velocidad exacta?

¿Me pueden denunciar por un exceso de velocidad sin decirme la velocidad exacta a la que circulaba? En concreto, en la notificación dice: "Motivo: por circular a una velocidad entre 51 y 70 Km"

¿Me pueden denunciar por un exceso de velocidad sin decirme la velocidad exacta a la que circulaba? En concreto, en la notificación dice: "Motivo: por circular a una velocidad entre 51 y 70 Km". Eugenio Páez

Lo habitual es que, al recibir la notificación de denuncia, le indiquen la velocidad a la que circulaba el vehículo y el límite establecido en ese punto kilométrico. Pero desde algunos ayuntamientos no concretan este dato, por lo que si no está conforme con la denuncia puede acudir de forma presencial ante el órgano instructor y solicitar la vista de expediente o presentar un escrito de alegaciones solicitando las pruebas correspondientes, pero asumiendo la pérdida de la reducción por pronto pago.

Trámites para conducir un vehículo adaptado

Poseo el permiso de conducir desde hace más de 40 años, actualmente en vigor. El mes de marzo del presente año sufrí la amputación del brazo izquierdo. Desearía saber cuáles son los trámites que debo realizar para poder conducir un vehículo adaptado. Domingo Leris Baqué

Cualquier persona discapacitada que quiera obtener el permiso debe cumplir una cierta serie de trámites:

Acudir a un centro de reconocimiento donde se evalué su discapacidad tras someterle a una serie de pruebas. Tras esto le indicaran el tipo de modificaciones que son necesarias en su vehículo, lo que será reflejado en un informe. En caso de querer modificar su actual automóvil deberá de acudir a un centro o taller homologado donde le realicen los cambios necesarios.

Tras eso tendrá que acudir a la Inspección Técnica de Vehículos para que comprueben los cambios realizados. Además, tendrá que renovar su permiso para que en el nuevo se vea reflejada su discapacidad y las limitaciones a la conducción. También deben de constar las modificaciones que son necesarias en el automóvil para adaptarlo a su conducción. Este trámite deberá realizarlo en la Jefatura de Tráfico con el informe médico que le hayan facilitado.

En la Jefatura de Tráfico, una vez comprobadas las limitaciones a la conducción que presenta el automovilista discapacitado, evaluarán la necesidad de someterle a una prueba práctica. Dicha prueba la realizarán conjuntamente la Comunidad autónoma y la Jefatura correspondientes.

¿Me pueden denunciar por un exceso de velocidad sin decirme la velocidad exacta a la que circulaba? En concreto, en la notificación dice: "Motivo: por circular a una velocidad entre 51 y 70 Km". Eugenio Páez

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