Es noticia
¿Qué tengo que hacer para matricular mi moto como vehículo histórico?
  1. Motor
  2. Consultorio sobre Ruedas
Real Automóvil Club de España

Consultorio sobre Ruedas

Por

¿Qué tengo que hacer para matricular mi moto como vehículo histórico?

Tengo un ciclomotor Honda de 49 cc. fabricado en Éibar en el año 1970. Tiene únicamente los papeles que se exigían entonces, una tarjeta de características

Tengo un ciclomotor Honda de 49 cc. fabricado en Éibar en el año 1970. Tiene únicamente los papeles que se exigían entonces: una tarjeta de características y una tarjeta de garantía. Ha estado parada 30 años y ahora la he puesto en marcha y está como nueva. Nunca tuvo matrícula ni seguro. ¿Qué tengo que hacer para matricularla como clásica y cuánto dinero me costaría? Luis Oteo.

La reglamentación de este procedimiento está contenida en el Real Decreto 1247/95 del 14 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vehículos Históricos.

Para poder matricular el coche como vehículo histórico, debe tener más de 25 años y superar la ITV y otros exámenes técnicos. Los trámites deben realizarse en la Jefatura de Tráfico de la provincia del domicilio del interesado, por lo que deberá contactar con esa jefatura para solicitar información detallada sobre la documentación necesaria para iniciar las gestiones.

¿Multan por conducir descalzo?

¿Está penalizada la conducción si se va descalzo o con chanclas? José Antonio Arbelo.

La conducción descalzo o con chanclas no está penalizada. Tampoco se establece una infracción autónoma y específica por este motivo. No obstante, la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial establece como obligación del conductor encontrarse en todo momento en condiciones de controlar el vehículo, adoptar las medidas necesarias al acercarse a otros usuarios, así como "a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía".

Consideramos que la conducción descalzo o con calzado que no se sujeta al pie, puede conllevar grandes limitaciones a la hora de conducir pues la fricción con los pedales puede resultar dificultosa o insegura. Por este motivo y sobre todo en lo que a la conducción descalzo se refiere, entendemos que sí podría ser sancionable por no cumplir con ese mandato genérico de obligación del conductor de mantener en todo momento el control del vehículo.

Tengo un ciclomotor Honda de 49 cc. fabricado en Éibar en el año 1970. Tiene únicamente los papeles que se exigían entonces: una tarjeta de características y una tarjeta de garantía. Ha estado parada 30 años y ahora la he puesto en marcha y está como nueva. Nunca tuvo matrícula ni seguro. ¿Qué tengo que hacer para matricularla como clásica y cuánto dinero me costaría? Luis Oteo.