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Denunciado por no efectuar maniobra con máxima precaución
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Denunciado por no efectuar maniobra con máxima precaución

En algunos casos, se debe solicitar el informe del agente denunciante en el que detalle cómo se realizó la maniobra para que se considere que lo hizo con la máxima precaución

Me ha denunciado la Guardia Civil de Tráfico por:" No efectuar la maniobra de marcha atrás con la máxima precaución. Sale de camino en curva y cambio de rasante". Yo conducía un pequeño camión Iveco, y para salir de un camino de barro solo podía salir hacia atrás, y estaba solo, puse el 'warning' y retrocedí despacio, y me incorporé, no venía ningún coche, la patrulla de la Guardia Civil estaba a unos 200 metros del lugar, no entiendo a que llaman "la máxima precaución". ¿Qué se supone que tendría que haber hecho, lanzar bengalas? Quisiera saber si me conviene alegar por esta multa. Fernando Vega.

Tal y como Ud. nos comenta los hechos, efectivamente si no es posible realizar la maniobra de otro modo, es cierto que debía salir marcha atrás. En caso de recurrir la denuncia, debería solicitar el informe del agente denunciante en el que detalle cómo se realizó la maniobra para que se considere que lo hizo con la máxima precaución.

Tal y como establece la ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad vial, “se prohíbe circular hacia atrás, salvo en los casos en que no sea posible marchar hacia adelante ni cambiar de dirección o sentido de marcha, y en las maniobras complementarias de otra que la exija, y siempre con el recorrido mínimo indispensable para efectuarla (artículo 31.1 del texto articulado)”.

En los centros comerciales suele haber plazas para minusválidos y observo que muchas veces están ocupadas por vehículos sin la tarjeta de minusválidos. ¿Podrían ser objeto de sanción? José Miguel Traviesa.

La circulación en los aparcamientos públicos de los centros comerciales se somete a las normas recogidas en la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial como el resto de vías públicas, por tratarse de un espacio destinado al estacionamiento de un conjunto indeterminado de personas.

Por este motivo, si el conductor que aparca en una plaza reservada no tiene autorización para ello, podría ser denunciado por los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico en el lugar en concreto (policía municipal o Guardia Civil de Tráfico) o incluso podrían ser requeridos para su presencia por el resto de usuarios del aparcamiento o por el personal del centro comercial.

Me ha denunciado la Guardia Civil de Tráfico por:" No efectuar la maniobra de marcha atrás con la máxima precaución. Sale de camino en curva y cambio de rasante". Yo conducía un pequeño camión Iveco, y para salir de un camino de barro solo podía salir hacia atrás, y estaba solo, puse el 'warning' y retrocedí despacio, y me incorporé, no venía ningún coche, la patrulla de la Guardia Civil estaba a unos 200 metros del lugar, no entiendo a que llaman "la máxima precaución". ¿Qué se supone que tendría que haber hecho, lanzar bengalas? Quisiera saber si me conviene alegar por esta multa. Fernando Vega.

Guardia Civil