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Multa por parar en doble fila en la puerta de la guardería
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Multa por parar en doble fila en la puerta de la guardería

.Me han puesto multa de estacionamiento por una doble fila en mi pueblo (Colmenar Viejo). Ha ocurrido en una calle secundaria con poca circulación donde no se obstaculizaba...

Me han puesto multa de estacionamiento por una doble fila en mi pueblo (Colmenar Viejo). Ha ocurrido en una calle secundaria con poca circulación donde no se obstaculizaba el tráfico y a las 17:00 horas, que no es hora punta de salida de los niños, así que imaginad lo grave que era. No he estado ni un minuto y cuando salgo me los encuentro poniendo la multa. A todas luces, injusta porque esta es una práctica diaria que hacemos todos los padres porque no nos queda otra para dejar a los niños. Me han pedido el carné para rellenar la denuncia y se lo he dado pero no he querido firmarla. 200 euros de multa. ¿Cómo puedo recurrirla si es que hay alguna esperanza de que prospere? Ana Lopez.

El estacionamiento en doble fila está prohibido por Ley y conlleva una sanción de 200 euros. La parada en doble fila sí está permitida pero exige un tiempo inferior a dos minutos y que el conductor permanezca dentro del coche. En este caso al bajarse, independientemente del tiempo, ha realizado un estacionamiento por lo que en principio es una conducta prohibida. No obstante, para recurrir una multa es necesario tener en cuenta otras muchas circunstancias que pudieran llevar al Ayuntamiento a considerar que pese a realizar una conducta prohibida, la misma no debe ser sancionada.

En este caso podría intentarlo con un certificado del centro donde se informe de la hora de salida del alumno de la guardería junto con la documentación de su edad. Normalmente los agentes son relativamente permisivos cuando se trata de una salida general o global de niños (como nos dice Ud. a las 16:00 horas ). Si no era el caso, a no ser que hubiera alguna otra circunstancia a tener en cuenta, puede que no tengan en cuenta la edad del niño.

¿Pagar impuesto por el coche de un fallecido?

Voy a cambiar la titularidad de un coche que está a nombre de mi marido, recientemente fallecido. En la escritura de liquidación de herencia se me adjudicó a mí y quiero saber si en este caso también se ha de pagar el impuesto de sucesiones. Milagros Bernabeu.

Este consultorio solo se refiere a consultas relacionadas con la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial Española o las normas que la desarrollan. La consulta que Ud. nos hace no entra dentro de esta materia pues se trata de una consulta fiscal. No obstante, indicarle que en líneas generales los vehículos también están sometidos al impuesto de sucesiones. Su cuantía y en su caso la exención de existir, dependerá en gran medida de la comunidad autónoma en la que liquide dicho impuesto.

Me han puesto multa de estacionamiento por una doble fila en mi pueblo (Colmenar Viejo). Ha ocurrido en una calle secundaria con poca circulación donde no se obstaculizaba el tráfico y a las 17:00 horas, que no es hora punta de salida de los niños, así que imaginad lo grave que era. No he estado ni un minuto y cuando salgo me los encuentro poniendo la multa. A todas luces, injusta porque esta es una práctica diaria que hacemos todos los padres porque no nos queda otra para dejar a los niños. Me han pedido el carné para rellenar la denuncia y se lo he dado pero no he querido firmarla. 200 euros de multa. ¿Cómo puedo recurrirla si es que hay alguna esperanza de que prospere? Ana Lopez.

Multa Impuesto de Sucesiones