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¿Qué ocurre si no responden a un recurso de alegaciones?
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¿Qué ocurre si no responden a un recurso de alegaciones?

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Me pusieron una multa, que Correos intentó entregármela dejando aviso según le consta a la Policía, aunque yo nunca vi ningún aviso en mi buzón. Y posteriormente me notificaron otra de 600 euros por no identificar al conductor. Presenté un escrito de alegaciones hace un año y no he vuelto a tener noticias de ningún tipo. ¿Me pueden embargar sin avisarme? ¿Caduca el expediente? ¿Me tienen que notificar que debo pagar? Pedro Juillard.

Todas las denuncias deben ser notificadas en su domicilio. En este caso entendemos que la multa inicial era de 200 euros con detracción de puntos y en la primera notificación que intentaron realizar le requerían como propietario del vehículo para identificar al conductor. Cuando la identificación del conductor es obligatoria y no se hace, la multa original se triplica. Es por ello que la sanción en este momento podría ser de 600 euros. Al hacer alegaciones a la denuncia de 600 euros, debería haberle llegado la multa original (la de 200) en caso de aceptar el recurso; o la Resolución Sancionadora de la de 600, en caso de desestimar sus alegaciones.

Que no le haya llegado nada en un año es una situación anormal. Debería consultar en Tráfico o en el Ayuntamiento correspondiente qué ha pasado con su escrito de alegaciones. Puede ser que se haya publicado alguna notificación en el BOE y no lo sepa. El embargo tampoco puede ejecutarse sin una notificación previa del Apremio. El expediente en vía voluntaria caduca al año (tendríamos que saber si ha habido publicación de la Resolución sancionadora del expediente). Suponiendo que hubiera habido Resolución, la caducidad de la sanción es de 4 años.

¿Hay regulación para las plazas reservadas a familias?

¿Existe regulación sobre las plazas reservadas para familias en centros comerciales? El otro día un hombre aparcó su 'cochazo' en una plaza "reservada para familias" (que no para minusválidos) en un centro comercial. Iba solo y al verle le dije como madre, que estaba él solo ocupando dicha plaza. Me enseño un carné de familia numerosa de la Comunidad de Madrid y me dio las gracias. Me quedé perpleja... Si alguien le hace alguna trastada a su coche y él identifica al malhechor, ¿puede denunciar los hechos y al presentar dicha tarjeta hacer que la otra persona le pague los daños? Maite Cruz.

Las ayudas que cada Municipio o Comunidad Autónoma ofrezcan a familias numerosas no son materia de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a motor y Seguridad Vial. Tampoco lo son las condiciones en las que los conductores pueden hacer uso de ciertas plazas reservadas.

En la actualidad no hay ninguna ley que regule estacionamientos especiales para familias numerosas, siendo una deferencia del Centro Comercial que decide realizar esa reserva de plazas entre las disponibles. Dependerá de las normas que a nivel particular haya establecido el centro comercial para el uso de dichas plazas. Es difícil controlar que solo se puedan utilizar cuando va toda la familia junta y no habiendo regulación al afecto, entendemos que su uso no puede ser sancionado.

Respecto a los daños que a cualquier persona le causen en su vehículo, efectivamente pueden ser denunciados y puede ofrecer una descripción de la persona que los ha causado si es que los ha presenciado. No entendemos la relación que existe entre una delito de daños con la utilización de la tarjeta, sentimos no poder contestarle a su última pregunta por no comprenderla dicha relación.

Me pusieron una multa, que Correos intentó entregármela dejando aviso según le consta a la Policía, aunque yo nunca vi ningún aviso en mi buzón. Y posteriormente me notificaron otra de 600 euros por no identificar al conductor. Presenté un escrito de alegaciones hace un año y no he vuelto a tener noticias de ningún tipo. ¿Me pueden embargar sin avisarme? ¿Caduca el expediente? ¿Me tienen que notificar que debo pagar? Pedro Juillard.

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