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¿Tengo que dejar pasar a coches que quieren ir más deprisa por la izquierda?
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¿Tengo que dejar pasar a coches que quieren ir más deprisa por la izquierda?

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En una autopista de dos carriles por sentido, voy circulando por el carril izquierdo, siempre a más velocidad que los que van por el carril derecho. Pero hay momentos en que, aunque voy adelantando, hay coches que me piden que me eche a un lado para ir ellos más rápido. Tengo claro que cuando voy a 120 (máximo de la vía) simplemente los ignoro. Pero si voy a 100, por ejemplo, ¿tengo que ponerme a la derecha, aunque yo vaya más rápido que los vehículos que circulan por ella? Antón Pérez.

El Reglamento General de Circulación estipula, como norma general, que los vehículos circularán en todas las vías por la derecha y lo más cerca posible del borde de la calzada. Asimismo, en cuanto a la utilización de los carriles, fuera de poblado, en calzadas con más de dos carriles para el mismo sentido de la marcha, circulará normalmente por el situado más a su derecha, si bien podrá utilizar el resto de los de dicho sentido cuando las circunstancias del tráfico o de la vía lo aconsejen, a condición de que no entorpezca la marcha de otro vehículo que le siga.

Cuando la densidad de la circulación sea tal que los vehículos ocupen toda la anchura de la calzada y sólo puedan circular a una velocidad que dependa de la que lleven los que le preceden en su carril, el hecho de que los de un carril circulen más rápidamente que los de otro no será considerado como un adelantamiento.

El hecho de circular a la misma velocidad que el máximo de la vía no justifica la circulación por la izquierda. Si circula a una velocidad inferior no deberá entorpecer el paso de otros que circulen a mayor velocidad por lo que en cuanto sea posible, se dirigirá al carril situado más a la derecha, haciendo tantos cambios de carril como sea necesario para favorecer la circulación. Estas normas generales decaen en caso de circulación intensa en la que todos los carriles están ocupados por vehículos. En estos casos la velocidad de cada vehículo deberá acomodarse a la de los demás que circulen por la vía y puede darse el caso que los que circulan por el carril derecho en ocasiones lo hagan a mayor velocidad que los situados más a la izquierda sin que esto se considere una infracción por no ser un adelantamiento.

Si no existe densidad de tráfico, no hay ningún motivo para que un vehículo circule por el carril izquierdo ni a la velocidad máxima de la vía ni a una inferior y por tanto, es ese vehículo el que incumple la normativa.

He enviado mis datos como propietario, pero no soy el infractor

Ayer recibí una notificación de identificación del conductor (por ir demasiado rápido). He puesto mis datos el mismo día en la página de identificación de la DGT creyendo que era para identificar el propietario del coche, que soy yo. Pero fue un amigo el que conducía mi coche cuando se produjo esta infracción. ¿Cómo se puede rectificar ahora? A. M.

Si ha cometido un error en la identificación del conductor, deberá presentar un escrito subsanando ese error dirigido a la Jefatura Provincial de Tráfico que le requiriera para identificar al conductor (probablemente al Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas). No nos consta que la modificación de la identificación se pueda realizar a través de la página web de Tráfico.

En una autopista de dos carriles por sentido, voy circulando por el carril izquierdo, siempre a más velocidad que los que van por el carril derecho. Pero hay momentos en que, aunque voy adelantando, hay coches que me piden que me eche a un lado para ir ellos más rápido. Tengo claro que cuando voy a 120 (máximo de la vía) simplemente los ignoro. Pero si voy a 100, por ejemplo, ¿tengo que ponerme a la derecha, aunque yo vaya más rápido que los vehículos que circulan por ella? Antón Pérez.

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