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¿Me pueden multar por mal aparcamiento en una gasolinera?
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¿Me pueden multar por mal aparcamiento en una gasolinera?

En una propiedad privada, pero de uso público, como puede ser una gasolinera o un parking, las normas de circulación son las mismas que en la calle, es decir, si está señalizado...

En una propiedad privada, pero de uso público, como puede ser una gasolinera o un parking, las normas de circulación son las mismas que en la calle, es decir, si está señalizado prohibido aparcar, ¿puede multar (también por exceso de velocidad o cualquier otra norma de circulación) a ese coche la Policía? Horacio Rivero.

La circulación en una zona privada de uso público como puede ser un parking o una gasolinera se somete a las normas establecidas en la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a motor y Seguridad Vial.

El Artículo 2 dice lo siguiente: "Los preceptos de esta ley son aplicables en todo el territorio nacional y obligan a los titulares y usuarios de las vías y terrenos públicos aptos para la circulación, tanto urbanos como interurbanos, a los de las vías y terrenos que, sin tener tal aptitud, sean de uso común y, en defecto de otras normas, a los titulares de las vías y terrenos privados que sean utilizados por una colectividad indeterminada de usuarios".

Por este motivo podría ser sancionado por un estacionamiento incorrecto, por no usar el casco en vehículos cuyo uso es preceptivo o por velocidad en un parking público y en una gasolinera. Podría ser denunciado por los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico en el lugar en concreto o incluso podrían ser requeridos para su presencia por el resto de usuarios y/o por el personal del parking o de la estación de servicio.

Coche a nombre de un disminuido psíquico

Hace años compré un vehículo a nombre de mi hija, disminuida psíquica y usuaria de silla de ruedas. Ahora toca cambiarlo por otro más amplio. El problema llega a la hora de vender el viejo, ya que mi hija no puede prestar válido consentimiento para formalizar contrato de compraventa aunque sea mayor de edad, pero tampoco puedo suplir yo esa falta de capacidad, ya que no hay sentencia de incapacitación. ¿Sería posible salvar ese obstáculo ante la Jefatura Provincial de Tráfico aportando documentación acreditativa de la minusvalía? Juan Izquierdo.

En una propiedad privada, pero de uso público, como puede ser una gasolinera o un parking, las normas de circulación son las mismas que en la calle, es decir, si está señalizado prohibido aparcar, ¿puede multar (también por exceso de velocidad o cualquier otra norma de circulación) a ese coche la Policía? Horacio Rivero.

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