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Me multan por no llevar las luces a las 7,30 de la mañana
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Me multan por no llevar las luces a las 7,30 de la mañana

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Me pararon y encima me multaron por no llevar las luces encendidas a las 7:30 de la mañana cuando el sol estaba ya prácticamente alzado y no era, bajo mi criterio, necesario llevarlas encendidas. Pienso que a estas horas del día, en transición de día a noche o de noche a día, debe regir el criterio del conductor y no el de un agente, ya que quien va conduciendo es el primero y no el segundo. Si fuese al revés tendríamos que tener telepatía para saber qué opina ese oficial en ese momento preciso. Dicen que donde manda capitán no manda marinero, pero en un coche se ve que manda el guardia aunque no vaya dentro del vehículo. No lo veo justo, ni menos aún, razonable o lógico. Rogelio Pérez.

En el Reglamento General de Circulación se establece que los vehículos deberán circular entre la salida y el ocaso del sol por vías urbanas e interurbanas con las luces de posición y corto alcance encendidas. Por la hora que nos indica, aunque el sol esté ya bastante alto en los meses de verano, entendemos que nos encontramos en situación de salida del sol por lo que la luces serían obligatorias. Aunque la visibilidad no se vea comprometida, no queda a consideración del conductor ni del agente, en este caso, la utilización de las luces, como sí puede ser algo más subjetivo por ejemplo en casos de “vías insuficientemente iluminadas”. En caso de duda, aconsejamos siempre encender las luces pues nunca será multado por llevarlas cuando no sea necesario y sí al revés.

Multa por pisar la raya

He sido multado esta mañana con 60 euros por un agente de movilidad del ayto. de Madrid por "estacionar un vehículo sin permitir la mejor utilización del resto del espacio para el resto de usuarios". Debe ser eso que odiamos todos, cuando unos aparcan y ocupan en línea o batería más espacio del necesario. Procuro no hacerlo nunca. En este caso, técnicamente, la multa es perfecta: las ruedas pisan la línea verde que delimita las plazas. Sin embargo, mi vehículo, un Saab 93, mide 1.711 milímetros de ancho y la plaza en cuestión, 1,70 metros. La plaza contigua, 2,20 m., y la siguiente, 2,50 m. Me encantaría poder adjuntarles foto. ¿Cómo se regula el "espacio disponible"? ¿Cada pintor con su máquina establece un tamaño de las plazas o existe una norma al respeto? Si pago el derecho de aparcar en zona residente, ¿debería poder aparcar en todas las plazas verdes previstas para los residentes o bien debo buscar una plaza que se adapte al tamaño de mi vehículo? M. Laroca.

La anchura de las plazas de estacionamiento del Ayuntamiento de Madrid está regulado en el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid. Según la última actualización disponible de dicha norma, la anchura mínima de las plazas sería de 2,25 metros para vehículos automóviles pequeños y medianos. La plaza que Ud. nos indica parece que mide menos por lo que en principio no sería correcta. No obstante, se establece la posibilidad de reducción de las medidas generales entre un 10 y un 20 por ciento, en función de diferentes factores estructurales.

Pueden existir efectivamente plazas de diferentes medidas pues se prevé por ejemplo un tanto por ciento de plazas para vehículos grandes cuya anchura es superior al mencionado 2.25 metros. Independientemente de que la plaza no sea correcta, y pueda Ud. plantear una queja o reclamación ante el Ayuntamiento, las líneas que delimitan las plazas no se puede pisar pues la plaza es lo que queda dentro y las líneas no son parte del aparcamiento.

Me pararon y encima me multaron por no llevar las luces encendidas a las 7:30 de la mañana cuando el sol estaba ya prácticamente alzado y no era, bajo mi criterio, necesario llevarlas encendidas. Pienso que a estas horas del día, en transición de día a noche o de noche a día, debe regir el criterio del conductor y no el de un agente, ya que quien va conduciendo es el primero y no el segundo. Si fuese al revés tendríamos que tener telepatía para saber qué opina ese oficial en ese momento preciso. Dicen que donde manda capitán no manda marinero, pero en un coche se ve que manda el guardia aunque no vaya dentro del vehículo. No lo veo justo, ni menos aún, razonable o lógico. Rogelio Pérez.

Multa Ayuntamiento de Madrid