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Quiero vender un coche con un contrato privado

Estoy pensando en vender un coche que utilizo poco en estos momentos. Y tengo una persona que lo quiere comprar, pero mediante un contrato privado. Mi pregunta es si al venderlo...

Estoy pensando en vender un coche que utilizo poco en estos momentos. Y tengo una persona que lo quiere comprar, pero mediante un contrato privado. Mi pregunta es si al venderlo con este sistema puedo tener algún problema en el futuro a efectos de multas o de pago de impuestos. Óscar Sánchez.

Si no se realiza la transferencia y el cambio de titular en el Registro de Tráfico, el vehículo a todos los efectos seguiría constando a su nombre. Esto podría traer problemas por ejemplo a la hora de determinar la responsabilidad de las infracciones que se realicen con el vehículo sin notificar al conductor en el momento. Estas infracciones sería notificadas al titular que conste en el Registro e incluso algunas de ellas serían en todo caso de su responsabilidad independientemente de quién conduzca el vehículo. Por ejemplo, la infracción por conducir sin la ITV superada o sin seguro obligatorio contratado.

Por este motivo, aunque el comprador no haga la transferencia, le aconsejamos que notifique a Tráfico que ha vendido el coche. En realidad, más que una recomendación, la notificación de la transferencia es una obligación en los términos establecidos en el Reglamento General de Vehículos, que dice lo siguiente:

"Toda persona natural o jurídica que sea titular de un vehículo matriculado en España y que lo transmita a otra, aun cuando lo haga con reserva de dominio o de cualquier otro derecho sobre el vehículo, deberá notificarlo a la Jefatura de Tráfico de la provincia en que tenga su domicilio legal o a aquélla en que fue matriculado el vehículo, en el plazo de diez días desde la transmisión, por medio de una declaración en la que se haga constar la identificación y domicilio del transmitente y adquirente, así como la fecha y título de la transmisión".

¿Se pueden hacer fotos tras un choque?

Tuve un pequeño choque con otro vehículo en una rotonda. Para intentar que no se produjera un atasco o incluso algún accidente, los dos conductores afectados hablamos para salir de la rotonda y parar en un sitio más seguro. Pero el conductor del otro coche, que fue el culpable, se dio a la fuga. Y por ello mi pregunta es si se puede hacer una foto del choque, de cómo han quedado los coches y de la matrícula cuando se produce un accidente para poder tener una prueba del mismo. J. P.

En primer lugar hay que indicar que su consulta no está relacionada con el tema de este consultorio, pues se refiere más a protección de datos o responsabilidad civil. Entendemos que tendrá que utilizar los datos que tenga para dar parte a su seguro, por lo que una fotografía para este uso exclusivo realizada en un lugar público sería adecuada.

La Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial establece: "El usuario de la vía que se vea implicado en un accidente de tráfico, lo presencie o tenga conocimiento de él está obligado a auxiliar o solicitar auxilio para atender a las víctimas que pueda haber, prestar su colaboración, evitar mayores peligros o daños, restablecer, en la medida de lo posible, la seguridad de la circulación y esclarecer los hechos".

Estoy pensando en vender un coche que utilizo poco en estos momentos. Y tengo una persona que lo quiere comprar, pero mediante un contrato privado. Mi pregunta es si al venderlo con este sistema puedo tener algún problema en el futuro a efectos de multas o de pago de impuestos. Óscar Sánchez.