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Indefensión por una sanción con acusaciones falsas
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Indefensión por una sanción con acusaciones falsas

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En la incorporación al Sector Sur de Córdoba viniendo desde Málaga hay una limitación a 80 km/h. Inmediatamente antes de girar hay un ceda el paso que da prioridad a los que se van a incorporar desde Córdoba y Granada en dirección Madrid, cosa ilógica. También es ilógico que en Córdoba, en las rotondas, el que está haciendo la rotonda debe cederle el paso a los que se incorporan a ella. Todo lo contrario de lo que ocurre en el resto de España. Si llegas de fuera es probable que sufras un accidente. Se ve que pusieron un radar 'ocasional' y recibí una notificación de multa por ir a 91 km/h. A los pocos días recibo otra en la que me dicen que un agente me dio el alto, que yo me paré y a continuación me fui "aprovechando que ellos no tenían medios para seguirme" cuando en realidad yo no vi a ningún agente y menos que me diera el alto y menos aún que yo parara el vehículo. ¿Esto como se come? Antonio Pérez Valle.

Lo que puede hacer es presentar alegaciones contra la denuncia solicitando la nulidad del expediente. Es cierto que los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico gozan de presunción de veracidad, pero no por ello debe conformarse con una sanción por una infracción que no ha cometido. Para recurrirla, deberá solicitar el informe del agente denunciante, solicitando manifieste dónde se encontraba, qué gestos o señales hizo para darle el alto, cómo y dónde fue esa parada que aparentemente realizó y cualquier otro detalle sobre el lugar y el momento en que se cometió la supuesta infracción.

En el escrito deberá Ud. negar los hechos, manifestando que ningún agente le dio el alto de manera comprensible e incluso dudando de la presencia de los agentes en el punto donde se supone que cometió la infracción.

A efectos de forma, revise si constan todos los datos esenciales de la denuncia: identificación del agente denunciante, lugar de los hechos, día, hora, infracción cometida y sanción aplicable. Si no constara alguno de estos datos deberá solicitar la nulidad de la sanción por vulneración del procedimiento legalmente establecido a efectos de notificaciones.

Solo me dieron cuatro días para pagar una multa con reducción

El pasado día 20 de agosto fui multado por hacer un giro prohibido en la ciudad de Madrid. La policía municipal me notificó la denuncia y al ir a pagarla para poder beneficiarme de la reducción del 50% en el importe de la misma me comunican que solo tengo hasta el 24 de agosto para pagarla con reducción. Yo tenía entendido que el periodo es de 20 días naturales. ¿Es este un nuevo abuso del Ayuntamiento de Madrid? Óscar López.

Las sanciones del Ayuntamiento de Madrid pueden ser abonadas con descuento, como Ud. nos indica, en el plazo de 20 días naturales desde la notificación de la denuncia. Si el agente le entregó la multa en mano el día 20 de agosto, se entiende que ha sido notificada el mismo día, por lo que se podría pagar con descuento o recurrir hasta el día 9 de septiembre. Entendemos que en el lugar donde ha ido a abonar la multa, le han informado incorrectamente por lo que debería acudir (si es que aún está en plazo) a la sede de Movilidad del Ayuntamiento de Madrid en la calle Albarracín, 33.

No nos consta que el Ayuntamiento esté incumpliendo la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial en este sentido. El plazo que ofrecen los Ayuntamientos es siempre el que marca la normativa estatal.

En la incorporación al Sector Sur de Córdoba viniendo desde Málaga hay una limitación a 80 km/h. Inmediatamente antes de girar hay un ceda el paso que da prioridad a los que se van a incorporar desde Córdoba y Granada en dirección Madrid, cosa ilógica. También es ilógico que en Córdoba, en las rotondas, el que está haciendo la rotonda debe cederle el paso a los que se incorporan a ella. Todo lo contrario de lo que ocurre en el resto de España. Si llegas de fuera es probable que sufras un accidente. Se ve que pusieron un radar 'ocasional' y recibí una notificación de multa por ir a 91 km/h. A los pocos días recibo otra en la que me dicen que un agente me dio el alto, que yo me paré y a continuación me fui "aprovechando que ellos no tenían medios para seguirme" cuando en realidad yo no vi a ningún agente y menos que me diera el alto y menos aún que yo parara el vehículo. ¿Esto como se come? Antonio Pérez Valle.

Multa Ayuntamiento de Madrid