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Compré una furgoneta en un concesionario y me dicen que no tiene garantía
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Compré una furgoneta en un concesionario y me dicen que no tiene garantía

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Compré una furgoneta de segunda mano en un concesionario, es decir, que no era un contrato entre particulares. Según tengo entendido, la garantía legal según la ley de garantías es de un año como mínimo. Han surgido desde el momento de la compra varios problemas con la furgoneta y a la hora de las reparaciones me han dicho que no me lo cubre la garantía al ser un vehículo industrial y que estos solo tienen garantía de 6 meses, lo cual no he leído en ningún artículo de la ley ni en cualquier otra. Además, la sustitución de furgoneta que me ofrecen me costaría pagar 2.000 euros, lo cual creo que es abusivo, ya que me debería salir gratis la sustitución, según entiendo con la lectura de dicha ley. Mis preguntas son si lo de la garantía de 6 meses, por ser un vehículo mecánico, es cierto y si la sustitución que me ofrecen es legal o me debería salir gratis. Alfredo Sánchez.

El Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, en su art. 123 establece que:

1. "El vendedor responde de las faltas de conformidad que se manifiesten en un plazo de dos años desde la entrega. En los productos de segunda mano, el vendedor y el consumidor y usuario podrán pactar un plazo menor, que no podrá ser inferior a un año desde la entrega.

Salvo prueba en contrario, se presumirá que las faltas de conformidad que se manifiesten en los seis meses posteriores a la entrega del producto, sea éste nuevo o de segunda mano, ya existían cuando la cosa se entregó, excepto cuando esta presunción sea incompatible con la naturaleza del producto o la índole de la falta de conformidad".

Por tanto, si el comprador detecta alguna avería durante el primer año, el vendedor estará obligado a reparar dicha avería, devolver el importe de la venta o sustituir el vehículo por otro de características equivalentes.

Precisiones sobre la señal de prohibido aparcar:

¿Qué significa exactamente la señal de prohibido aparcar? ¿Que no se puede aparcar en toda la manzana o que no se puede aparcar a partir de la señal? Si es este último caso, ¿cuál es la diferencia con la misma señal que incorpora una flecha blanca? Jose Luis Navarro.

La señal r-307 de prohibición de estacionamiento y parada, implica la prohibición en el lado de la calzada donde esté situada la señal y salvo indicación en contrario, la prohibición comienza en la vertical de la señal, y termina en la intersección más próxima.

Y si la señalización incluye una fecha blanca, la prohibición será dependiendo del sentido de la señal hacia la izquierda o derecha, hasta la siguiente señal o la intersección más próxima.

Compré una furgoneta de segunda mano en un concesionario, es decir, que no era un contrato entre particulares. Según tengo entendido, la garantía legal según la ley de garantías es de un año como mínimo. Han surgido desde el momento de la compra varios problemas con la furgoneta y a la hora de las reparaciones me han dicho que no me lo cubre la garantía al ser un vehículo industrial y que estos solo tienen garantía de 6 meses, lo cual no he leído en ningún artículo de la ley ni en cualquier otra. Además, la sustitución de furgoneta que me ofrecen me costaría pagar 2.000 euros, lo cual creo que es abusivo, ya que me debería salir gratis la sustitución, según entiendo con la lectura de dicha ley. Mis preguntas son si lo de la garantía de 6 meses, por ser un vehículo mecánico, es cierto y si la sustitución que me ofrecen es legal o me debería salir gratis. Alfredo Sánchez.

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