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Retiran mi coche por no tener la ITV con una grúa privada
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Retiran mi coche por no tener la ITV con una grúa privada

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La policía local ha procedido a retirar mi vehículo estacionado correctamente en un aparcamiento, medio particular, medio municipal. Tengo todo en regla, excepto no haber pasado la ITV. Lo han retirado con una grúa no municipal, privada y contratada para tal fin. He visto mi vehículo y le faltan los dos retrovisores. Y me han comentado que tendré que pagar el servicio de la grúa. ¿Es legal dicha retirada? ¿Puede la policía retirar vehículos con una grúa no municipal, solo contratada para este fin? Francisco Reynés.

No nos queda claro a qué se refiere con aparcamiento “medio particular, medio municipal”, por lo que vamos a contestar la pregunta de la manera más general posible.

La retirada del vehículo por no tener pasada la ITV podría ser un tema controvertido. Según la ley, un vehículo en estas condiciones no puede circular y por tanto no puede permanecer estacionado en zona pública o incluso privada sometida a la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a motor y Seguridad Vial.

En estos casos, el Reglamento General de Vehículos establece la inmovilización del vehículo, pero no la retirada del mismo. No obstante, la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial establece que podría procederse a la retirada del vehículo cuando, inmovilizado legalmente el mismo, no cesaren las causas por las que se procedió a dicha inmovilización. Por este motivo, previa a la retirada de su vehículo, debería haber habido un expediente de inmovilización.

El Ayuntamiento puede valerse de la contratación de servicios privados para el desempeño de sus funciones, siempre que se haya acordado así mediante el proceso legalmente establecido de toma de decisiones municipales y contratación.

En todo caso, aunque la grúa sea de propiedad privada, la orden de retirada del vehículo tiene que haber sido tomada por un agente de la autoridad municipal.

¿Cómo canjear mi carné argentino?

Estoy haciendo los trámites para obtener mi residencia en España y así poder estar legalmente en el país. Mi pregunta es, soy argentino, mi carnet sé que lo puedo canjear, pero ¿debo esperar hasta obtener la residencia o puedo iniciar igualmente los trámites para canjearlo? Podría conducir y si me encontrara con algún control policial y todavía no tengo mi carnet canjeado, ¿puedo tener problemas por eso? ¿O mi carnet me permite conducir hasta obtener el español? Mi carnet está vigente, vence dentro de 3 años, la fecha en que debería renovarlo sería en el 2021. Diego Ortiz.

El carnet de conducir argentino se puede canjear en España por acuerdo entre ambos países para el reconocimiento recíproco de las autorizaciones para conducir. Para proceder al canje, deberá adquirir primero la residencia legal en España. No es posible canjear sin autorización de residencia en España salvo en casos muy excepcionales, como por ejemplo de misiones diplomáticas.

Dado que existe convenio entre España y Argentina, podría conducir legalmente en España con su carnet de conducir de origen mientras no adquiera la residencia en España y durante 6 meses después de haberla adquirido. Pasado ese tiempo el carnet argentino no es válido y tendrá que canjearlo.

La policía local ha procedido a retirar mi vehículo estacionado correctamente en un aparcamiento, medio particular, medio municipal. Tengo todo en regla, excepto no haber pasado la ITV. Lo han retirado con una grúa no municipal, privada y contratada para tal fin. He visto mi vehículo y le faltan los dos retrovisores. Y me han comentado que tendré que pagar el servicio de la grúa. ¿Es legal dicha retirada? ¿Puede la policía retirar vehículos con una grúa no municipal, solo contratada para este fin? Francisco Reynés.

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