Es noticia
¿Sin notificación de pérdida del carné puedo seguir conduciendo?
  1. Motor
  2. Consultorio sobre Ruedas
Real Automóvil Club de España

Consultorio sobre Ruedas

Por

¿Sin notificación de pérdida del carné puedo seguir conduciendo?

He perdido todos los puntos del carné de conducir y no he recibido ninguna notificación de tráfico. ¿Puedo seguir conduciendo? La vigencia del carné de conducir estará también condicionada...

He perdido todos los puntos del carné de conducir y no he recibido ninguna notificación de tráfico. ¿Puedo seguir conduciendo? Eric García.

La vigencia del carné de conducir estará también condicionada a que su titular no haya perdido el crédito de puntos asignado. Por este motivo, si usted ha perdido todos los puntos, ha perdido su vigencia. Partiendo de este hecho, otro asunto es la preceptiva notificación del Acuerdo de Pérdida de Vigencia. Una vez constatada la pérdida total de los puntos que tuviera asignados, la Administración, en el plazo de quince días, notificará el acuerdo por el que se declara la pérdida de vigencia de su permiso o licencia de conducción.

Si es consciente que ha perdido todos los puntos porque lo haya consultado, no aconsejamos que conduzca, sino que se dirija a la Jefatura Provincial de Tráfico de su domicilio para aclarar la situación. Si conduce habiendo perdido todos los puntos, podría ser investigado por la comisión de un delito contra la seguridad vial. No obstante, si no se le ha notificado la pérdida de vigencia, no se ha iniciado el procedimiento correctamente y es muy probable que fuera absuelto de dicho supuesto delito porque la notificación es obligatoria.

Grúa en carga y descarga

Estacioné en un carga y descarga en horario de utilización, no teniendo derecho a ello. Cuando fui a recoger el coche vi que había sido retirado por la grúa. En el depósito municipal, previo pago del servicio de arrastre, se me entregó el correspondiente boletín de denuncia, con el precepto infringido art 91, 2) g del reglamento general de circulación. En él se puede leer (más o menos) "estacionar constituyendo un riesgo u obstáculo a la circulación por zona reservada para CARGA Y DESCARGA en horario de utilización de 9 a 12 y 14 a 17 horas". El vehículo estaba dentro de la zona de aparcamiento limitado a carga y descarga pero no obstaculizaba la circulación, ni suponía ningún riesgo mayor que el que hubiera supuesto cualquier vehículo con derecho a estacionar. Con seguridad, la movilización mediante la grúa municipal sí que tuvo que suponer un obstáculo a la circulación rodada y por los horarios que figuran en la multa es posible que la movilización real del vehículo se hiciera al límite del horario de prohibición. ¿Tienen derecho a retirar el vehículo? Jesús Ramón Rubio.

El estacionamiento en carga y descarga está prohibido por ley y se presupone que el vehículo en esta zona estacionado, entorpece la circulación de vehículos, peatones o el correcto funcionamiento de dicho carga y descarga. Con un coche estacionado en el carga y descarga, por amplio que sea, se imposibilita la total utilización del mismo por otros que sí tuviera autorización.

Respecto a la retirada del vehículo por la grúa municipal, el estacionamiento en carga y descarga es uno de los supuestos establecidos por ley que permite a los agentes municipales la retirada y depósito del vehículo.

Si el vehículo hubiera sido denunciado fuera del horario de carga y descarga, tanto la denuncia como la retirada y depósito del vehículo serían nulas, por lo que aconsejamos presente alegaciones contra la denuncia y un recurso contra la retirada. Si el vehículo fue denunciado estando vigente la carga y descarga, pero fue retirado no estándolo, podría recurrir la retirada y depósito pero probablemente la denuncia sea correcta.

He perdido todos los puntos del carné de conducir y no he recibido ninguna notificación de tráfico. ¿Puedo seguir conduciendo? Eric García.

Multa