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Multa en una zona peatonal y no era yo el conductor
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Multa en una zona peatonal y no era yo el conductor

Me multaron por captación de imágenes por circular por una zona peatonal en Mallorca, sin ser yo el conductor. Ahora me penalizan por falta muy grave por no notificar quién era el conductor...

Me multaron por captación de imágenes por circular por una zona peatonal en Mallorca, sin ser yo el conductor. Ahora me penalizan por falta muy grave por no notificar quién era el conductor. ¿Puedo recurrir? Francisca Mir Salvà.

La ley establece ciertos supuestos en los que el titular del vehículo debidamente requerido, debe identificar al conductor del mismo por la comisión de una infracción. Normalmente, las administraciones públicas requieren para identificar al conductor en caso de infracciones que lleven aparejadas sanciones con retirada de puntos. En caso de que no exista esta retirada de puntos, la administración denunciante dará por hecho que el titular es el conductor del vehículo salvo noticia al contrario o salvo que el titular sea una empresa.

No obstante, existen administraciones públicas que siempre requieren al propietario del vehículo para identificar al conductor, aunque la sanción no tenga retirada de puntos y siempre que no se trate de un estacionamiento.

Siendo este el panorama de partida, entendemos que si ha recibido una multa por no identificar al conductor es porque existió un requerimiento previo y el ayuntamiento considera que le fue notificado correctamente.

Para recurrir esta multa e intentar volver a la multa original (que será de importe inferior a la que tiene ahora) deberá alegar que no recibió el requerimiento, si este es el caso, o que no entendió la obligación de identificar al conductor, si lo hubiera recibido. En todo caso deberá identificar al conductor del vehículo el día de los hechos, solicitando la anulación del expediente por incumplimiento de la obligación de identificar al conductor.

Cruce peligroso y señales mal puestas

En la zona urbana de una localidad que visito, he presenciado incidentes de tráfico por una señal mal colocada; y es que desde una calle de única dirección, se llega a una intersección con otra calle de única dirección (ambas son estrechas) y solo permiten el paso de un vehículo. El que llega a la intersección no tiene ninguna señal que le obligue a seguir la dirección única de la calle a la que accede y no tiene visibilidad, siendo que si toma la dirección a la izquierda, puede colisionar con otro vehículo a pesar de que ambos estén circulando correctamente. Se ha puesto en conocimiento del ayuntamiento y la Policía Municipal sin que se haya tomado ninguna medida para solucionar el problema. En este caso de inacción, ¿ante qué organismo se puede recurrir? Francisco Mahatsorry.

Sería conveniente conocer la localidad a la que se refiere para confirmar que ejerce sus competencias en materia de tráfico y revisar la ordenanza municipal. Vamos a dar por hecho que se trata de un municipio que no ha delegado las competencias en materia de tráfico y por tanto es su responsabilidad la organización del tráfico dentro del municipio.

Efectivamente, si la zona no está correctamente señalizada o existe una falta de visibilidad evidente en la intersección, la responsabilidad de la señalización es del ayuntamiento del municipio, pudiendo plantear una queja ante el mismo. Por regla general, las quejas y la solicitud de mejoras en las vías, tiene mayor efectividad cuando es un grupo de vecinos afectados los que las realizan.

En caso de accidente, también se podría plantear una reclamación por responsabilidad patrimonial de la administración, por considerar que los daños o lesiones causadas, vienen dados por la falta de señalización correcta en la zona y no por la conducción.

Me multaron por captación de imágenes por circular por una zona peatonal en Mallorca, sin ser yo el conductor. Ahora me penalizan por falta muy grave por no notificar quién era el conductor. ¿Puedo recurrir? Francisca Mir Salvà.

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