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Multa de un coche de empresa pero nadie me ha identificado
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Multa de un coche de empresa pero nadie me ha identificado

Me envían multa de 200 euros a un vehículo de empresa,diciendo que sobrepaso velocidad, y la pérdida de 4 puntos. Nadie ha parado ni identificado al conductor. Al mes viene con 600 euros...

Me envían multa de 200 euros a un vehículo de empresa,diciendo que sobrepaso velocidad, y la pérdida de 4 puntos. Nadie ha parado ni identificado al conductor. Al mes viene con 600 euros la misma multa. No han identificado al conductor ni le han parado. No tengo por qué pagarla. Hay más de cinco personas que utilizan ese mismo coche. ¿Qué hago? Chema García.

Si el vehículo está a nombre de una persona jurídica, el paso previo para la tramitación de la denuncia por velocidad es la identificación del conductor. También es preceptiva la identificación del conductor cuando el titular es una persona física y la infracción que se denuncia tiene retirada de puntos.

Lo primero que se recibe es un requerimiento de identificación del conductor a nombre del propietario (en este caso la empresa), se notifica a tráfico los datos y posteriormente el conductor identificado recibe la denuncia propiamente dicha, con posibilidad de pagar con descuento o presentar alegaciones. Entendemos que ha recibido la denuncia a su nombre cuando nos comenta que le han enviado ya la multa. No obstante, si posteriormente ha recibido una denuncia de 600 euros, puede ser por no haber hecho la identificación del conductor, lo cual significaría que no recibió la denuncia a su nombre, sino el requerimiento a nombre de la empresa.

En su consulta hay varias cosas que no nos cuadran. Si la multa de velocidad tenía retirada de 4 puntos, la sanción es de 400 euros. Si no identifica al conductor, la multa por no identificar al conductor es del triple de la original, en este caso 1200 y no 600. Sin verlo, no podemos saber dónde está el error, si en la cuantía de la primera multa, en la de la segunda o simplemente es que la de 600 euros por no identificar al conductor no tiene su origen en la que usted nos dice. Una multa de 600 euros por no identificar al conductor viene de una de 200 euros, y no hay sanciones de velocidad de 200 euros.

Dicho esto, y sin poder concretar lo que ha fallado en su consulta al no tener acceso a las notificaciones que ha recibido, sí le podemos confirmar que existe una obligación legal del propietario o arrendatario de identificar al conductor. Si el vehículo lo conducen varias personas es necesario llevar un registro de quién es quién en cada momento. Si se identifica a una persona por error, cuando reciba la denuncia deberá recurrir la multa, alegando que no era el conductor con cualquier medio de prueba que tenga y en el caso de conocer al conductor, ofreciendo sus datos.

Matricular en España coche con ITV holandesa

Si traigo un coche de Holanda a España con una ITV holandesa que caduca en febrero de 2018, ¿puedo matricularlo en España con esa ITV todavía vigente? ¿Y circular en España? Creo que ha salido nueva normativa a ese respecto. Antonio Acevedo.

Como paso previo a la matriculación del vehículo en España, deberá superar la ITV en nuestro país, pues solo los vehículos que superen los estándares establecidos podrán acceder a una matrícula española. De manera temporal podrá circular en España con la ITV del país de origen siempre que no caduque y por el plazo de 60 días mediante petición de autorización temporal para el plazo indicado, concedida para circular legalmente con matrícula extranjera mientras se tramita la matriculación definitiva.

Me envían multa de 200 euros a un vehículo de empresa,diciendo que sobrepaso velocidad, y la pérdida de 4 puntos. Nadie ha parado ni identificado al conductor. Al mes viene con 600 euros la misma multa. No han identificado al conductor ni le han parado. No tengo por qué pagarla. Hay más de cinco personas que utilizan ese mismo coche. ¿Qué hago? Chema García.

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