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Me han multado por parar dos minutos en una farmacia
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Me han multado por parar dos minutos en una farmacia

El 2 de enero me multaron por no obedecer una señal de prohibición o restricción (señal R308C). Fue una parada de menos de dos minutos delante de una farmacia, para cogerle un...

El 2 de enero me multaron por no obedecer una señal de prohibición o restricción (señal R308C). Fue una parada de menos de dos minutos delante de una farmacia, para cogerle un medicamento a un familiar con problemas de movilidad. La multa me la notificaron el 16 de marzo y la fecha de caducidad para pronto pago acababa el 21 de marzo. ¿Es legal? ¿Debo pedir la foto? ¿Debo recurrir? Javier AV.

La señal R308 prohíbe el estacionamiento, pero no la parada. Efectivamente, se puede considerar parada la realizada por tiempo inferior a dos minutos sin abandonar el vehículo, por lo que podría alegar haber realizado una parada y una causa de fuerza mayor (medicamento urgente, por ejemplo). Puede pedir la foto, aunque es posible que no exista.

Para el pago con bonificación tiene 20 días desde que le notifican la denuncia, pero si la paga no podría recurrir. Del mismo modo, si la recurre, no la podría pagar con descuento.

La fecha de pago que le indican en la denuncia será seguramente para el pago en alguna entidad bancaria. La Administración no puede acortar el plazo para pagar con descuento mediante una fecha establecida en la propia notificación. Si no pudiera pagarla por banco después de esa fecha, pero dentro del plazo de 20 días, debería utilizar cualquiera de las otras formas de pago a su disposición. También podría ponerse en contacto con el ayuntamiento para que emitan otra carta de pago con descuento sobre la fecha de recepción de la notificación.

¿Puede conducir un diabético?

¿Qué dificultades legales habría para conducir un vehículo para un diabético de tipo B (no insulo-dependiente)? Ángel Colmenar.

La referencia que existe en el reglamento general de conductores a esta enfermedad se refiere a diabetes mellitus, que conlleva el tratamiento con insulina o fármacos hipoglucemiantes. En estos casos se exige que no exista inestabilidad metabólica severa que requiera asistencia hospitalaria ni cuadros repetidos de hipoglucemia aguda o alteraciones metabólicas que cursen con pérdida de conciencia.

En general, la renovación del carné de conducir cuando existe diabetes que requiera tratamiento con insulina o fármacos hipoglucemiantes será por tiempo inferior al general (cuatro o tres años).

El 2 de enero me multaron por no obedecer una señal de prohibición o restricción (señal R308C). Fue una parada de menos de dos minutos delante de una farmacia, para cogerle un medicamento a un familiar con problemas de movilidad. La multa me la notificaron el 16 de marzo y la fecha de caducidad para pronto pago acababa el 21 de marzo. ¿Es legal? ¿Debo pedir la foto? ¿Debo recurrir? Javier AV.

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