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¿Puedo reclamar una providencia de apremio de una multa?
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¿Puedo reclamar una providencia de apremio de una multa?

Me pusieron una multa por parte de la Policía Local del ayuntamiento en diciembre y me llegó ahora la reclamación ejecutiva. Mi pregunta es: ¿se puede hacer una reclamación?

Me pusieron una multa por parte de la Policía Local del ayuntamiento en diciembre y me llegó ahora la reclamación ejecutiva. Mi pregunta es: ¿se puede hacer una reclamación? Ya que desde hace tiempo la gente aparca sin que nadie les denuncie; están aparcados la mayoría de los trabajadores de dicho ayuntamiento. Javier Bermejo.

Entendemos que lo que ha recibido es la providencia de apremio, que es el inicio de la vía ejecutiva. Los motivos por los que puede recurrir esta notificación están tasados por ley:

  • Extinción total de la deuda o prescripción del derecho a exigir el pago.
  • Solicitud de aplazamiento, fraccionamiento o compensación en período voluntario y otras causas de suspensión del procedimiento de recaudación.
  • Falta de notificación de la liquidación.
  • Anulación de la liquidación.
  • Error u omisión en el contenido de la providencia de apremio que impida la identificación del deudor o de la deuda apremiada.

Si existe alguno de estos supuestos, podría alegarlos en un recurso de reposición dirigido al mismo órgano que le notifique la deuda. Con la información que nos aporta, lo único que podemos asegurar es que la sanción no está prescrita.

La compañía me da largas

En diciembre del 2017 me dieron un golpe al coche aparcado sin culpa. Hay un atestado y el otro se dio a la fuga, dando a un tercer coche. Me destrozó la parte trasera y el perito me tasó muy por debajo del importe del arreglo: 950 € en vez de 2500€. Yo pagué el arreglo y mi compañía (la cual me dijo que si no quería esperar que lo arreglara por mi cuenta; cosa que hice) está reclamando a la otra el pago, pero va a hacer cinco meses y no tengo respuesta ni de una ni de otra. La mía se limita a decirme que está esperando respuesta de la otra y con todo pasa el tiempo y a mí no me pagan la reparación. ¿Qué tiempo tengo de espera para que me den la razón? ¿Qué tengo que hacer para reclamar si no tengo respuesta? El agente solo me contesta que ya están los abogados de mi compañía en contacto con la otra, pero nada mas. Belén Calviño.

La consulta que nos hace no está regulada en la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial o sus normas de desarrollo. En nuestra opinión debería tramitar una reclamación ante su compañía, pues el plazo de cinco meses supera los tres establecidos por la ley para realizar una oferta motivada de indemnización de los daños. El retraso puede deberse a que no esté acreditada la responsabilidad o cuantificado el daño, pero de todos modos le recomendamos que formule la reclamación indicada.

Me pusieron una multa por parte de la Policía Local del ayuntamiento en diciembre y me llegó ahora la reclamación ejecutiva. Mi pregunta es: ¿se puede hacer una reclamación? Ya que desde hace tiempo la gente aparca sin que nadie les denuncie; están aparcados la mayoría de los trabajadores de dicho ayuntamiento. Javier Bermejo.

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