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Me han puesto varias multas por circular por una calle restringida
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Me han puesto varias multas por circular por una calle restringida

Me han puesto una multa por conducir por una calle de circulación restringida. Hasta que no me llego la primera multa creía que yo podía ir

Me han puesto una multa por conducir por una calle de circulación restringida. Hasta que no me llegó la primera multa creía que yo podía ir por esa calle y ahora me están llegando nuevas multas por esa misma infracción que cometía todos los días hasta la llegada de la primera notificación. ¿Qué puedo hacer? ¿Puedo recurrir esas multas? Oscar Carrera.

Cualquier multa puede ser recurrida dentro del plazo de 20 días siguientes a la notificación de la denuncia. En este caso, si pasaba todos los días por la calle y no sabía que estaba restringida, podría ser porque no hubiera señalización o que la existente no fuera suficiente. Artículo 57.1 de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial: "Corresponde al titular de la vía la responsabilidad del mantenimiento de la misma en las mejores condiciones posibles de seguridad para la circulación, y de la instalación y conservación en ella de las adecuadas señales y marcas viales". En función del plazo en el que se le hayan notificado las denuncias, podría alegar también prescripción de la infracción.

En relación con el desconocimiento de la comisión de la infracción hasta la notificación de la primera denuncia, podría alegar precisamente que, por la falta de señalización suficiente en la zona, hasta recibir la primera denuncia no había sido consciente de las restricciones.

Semáforo foto-rojo

Me han puesto una multa de 200 euros y cuatro puntos del carné por supuestamente saltarme un semáforo rojo con el sistema foto-rojo. Quiero saber si puedo recurrir esta multa porque, según he leído, una sentencia del Tribunal Supremo dice que son ilegales estos sistemas de detección por no estar sometidos al control metrológico del Estado. R. Gómez.

Debemos decir que efectivamente está en su derecho de recurrir la multa sobre la fundamentación jurídica de la sentencia que nos indica. Básicamente lo que viene a establecer dicha sentencia es que los sistemas de detección de infracciones por imagen en los semáforos deben estar sometidos al control metrológico del Estado, extremo que actualmente no se cumple.

Coincidimos en esta teoría y así se viene exigiendo desde hace mucho tiempo en este departamento, mucho antes de la publicación de esta sentencia. No obstante, debemos reconocer que en vía administrativa no se están anulando las denuncias sobre la base de estas alegaciones, pues las administraciones públicas locales titulares de estos sistemas de denuncias entienden que las sentencias aplican solo a las denuncias de aquellos que tuvieron el tiempo, los recursos y la paciencia de acudir a una vía judicial solicitando la nulidad de su sanción y no a todos por extensión. Esta forma de interpretar la corriente jurisprudencia actual no carece de base jurídica, y aunque desde luego contribuye a la inseguridad, es una realidad. De hecho, la sentencia del Tribunal Supremo lo que declara como válido es que los dispositivos foto-rojo deben estar sometidos a control metrológico del Estado, pero realmente no manifiesta la falta de valor probatorio de las imágenes captadas por dichos dispositivos no sometidos a control. Es una cuestión jurídica que deberá ser desarrollada en el futuro en nuevas sentencias.

Me han puesto una multa por conducir por una calle de circulación restringida. Hasta que no me llegó la primera multa creía que yo podía ir por esa calle y ahora me están llegando nuevas multas por esa misma infracción que cometía todos los días hasta la llegada de la primera notificación. ¿Qué puedo hacer? ¿Puedo recurrir esas multas? Oscar Carrera.

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