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¿Se puede conducir un coche de un fallecido que no es un familiar directo?
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Carlos Cancela

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RACE

¿Se puede conducir un coche de un fallecido que no es un familiar directo?

La pareja de mi madre tenía dos coches que ahora utiliza mi madre porque él falleció. La pregunta es, ¿cómo cambiamos el nombre?, ¿hay que esperar

La pareja de mi madre tenía dos coches que ahora utiliza mi madre porque él falleció. La pregunta es, ¿cómo cambiamos el nombre?, ¿hay que esperar a ver si aparecen herederos (este hombre tenía hijos que no sabemos dónde están). He leído que hay que ir a Tráfico y pagar una tasa y esperar a que alguien los reclame. ¿Podrían ayudarnos? Roberto Gil Villa.

Para poner a nombre de su madre un vehículo titularidad de un fallecido, tendría que ser heredera. No siéndolo, en Tráfico no van a permitir el cambio de titularidad porque no existe negocio jurídico alguno que lo respalde (ni compraventa por ejemplo entre vivos ni por sucesión una vez fallecido).

Antes de que el vehículo se adjudique a alguno de sus herederos, efectivamente su madre tiene que comunicar a tráfico que el titular ha fallecido y que es ella la que tiene en depósito el coche o los coches. La Jefatura de Tráfico anotará que el vehículo se encuentra en su poder, indicando la identificación y domicilio del depositario y la fecha del fallecimiento del titular. Su madre en este caso, será considerada como sujeto de cuantas obligaciones correspondan al titular del vehículo hasta la adjudicación definitiva.

¿Validez de tasa de examen?

Quisiera saber qué periodo de validez tiene la tasa del examen de conducir. Exactamente la pagué hace poco más de un año y me he examinado una vez. ¿Podría volver a presentarme? Madi Sissoko.

Cada solicitud para obtener permiso o licencia de conducción dará derecho a dos convocatorias para realizar las pruebas. Entre convocatorias de un mismo expediente no deberá mediar más de seis meses, salvo en casos de enfermedad u otros excepcionales debidamente justificados.

Si en el primer examen resultó apto, el periodo de validez será de dos años.

Es decir, si aprobó el examen tiene dos años desde esa fecha para realizar la siguiente prueba. Si suspendió tendrá que realizar una nueva solicitud de convocatoria y abonar la tasa para optar por otras dos nuevas convocatorias, a no ser que pueda justificar el motivo por el que no ha podido presentarse a la prueba de aptitudes en el plazo de seis meses.

La pareja de mi madre tenía dos coches que ahora utiliza mi madre porque él falleció. La pregunta es, ¿cómo cambiamos el nombre?, ¿hay que esperar a ver si aparecen herederos (este hombre tenía hijos que no sabemos dónde están). He leído que hay que ir a Tráfico y pagar una tasa y esperar a que alguien los reclame. ¿Podrían ayudarnos? Roberto Gil Villa.

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