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Avanza la cartera digital de la UE: qué supone para los usuarios
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Avanza la cartera digital de la UE: qué supone para los usuarios

El proyecto sitúa a los ciudadanos en pleno control de sus propios datos y les da la libertad de decidir exactamente qué información compartir, con quién y cuándo

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Foto: Dado Ruvic (Reuters)

Los ciudadanos de la Unión Europea tendrán la opción de una cartera de identidad digital proporcionada de forma gratuita a nivel de los Estados miembros para uso en toda la UE, en lugar de simplemente productos suministrados por el sector privado, según una enmienda aprobada hace unas semanas en el marco de la tramitación de la Propuesta de Reglamento europeo por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 910/2014 en lo que respecta al establecimiento de un Marco para una Identidad Digital Europea, habitualmente conocido como eIDAS 2 (acrónimo de la expresión inglesa Electronic Identification, Authentication and Trust Services).

En efecto, la novedad fundamental del próximo Reglamento eIDAS 2 es introducir una cartera de identidad digital europea. Consiste en un producto y servicio que permite al usuario almacenar datos de identidad, credenciales y atributos vinculados a su identidad, con el fin de proporcionarlos a las partes usuarias a petición de estas y de utilizarlos con fines de autenticación, en línea y fuera de línea, para un servicio de conformidad con lo dispuesto en el nuevo artículo 6 bis, así como para crear firmas y sellos electrónicos cualificados. Su uso será, no obstante, voluntario.

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Por el momento, los usuarios dependen de carteras digitales proporcionadas por el sector privado, generalmente vinculadas a sistemas de pago, lo que ha generado preocupaciones sobre su seguridad y privacidad, desde la academia hasta las propias instituciones europeas. Sobre estas soluciones, también se ha objetado que muchas de ellas están desconectadas de una identidad física verificada, lo que hace más difícil mitigar las amenazas de fraude y ciberseguridad. Para superar estas insuficiencias, la próxima cartera de identidad digital europea, que irá pareja a los sistemas estatales públicos de identidad como nuestro DNI o pasaporte, otorgará a los usuarios pleno control de sus datos y les permitiría decidir qué información compartir y con quién.

placeholder La vicepresidenta de la Comisión Europea, Margrethe Vestager. (Reuters)
La vicepresidenta de la Comisión Europea, Margrethe Vestager. (Reuters)

Otras enmiendas aprobadas la pasada semana aseguran que las carteras de identidad digital podrán leer y verificar documentos electrónicos y ejecutar interacciones entre pares (p2p). Las enmiendas también han reforzado los requisitos de ciberseguridad. El sistema de identidad digital asimismo debe registrar todas las transacciones para garantizar que los terceros puedan rendir cuentas y esclarecer responsabilidades.

A la postre, el Reglamento eIDAS 2 pretende que la Unión Europea se convierta en la primera región mundial con un marco de gobernanza para las identidades digitales de confianza. La cartera de identidad digital europea supone una pasarela de identidad fiable, que sitúa a los ciudadanos en pleno control de sus propios datos y les da la libertad de decidir exactamente qué información compartir, con quién y cuándo. Desde datos sociales, financieros, médicos y profesionales hasta contactos y mucho más, la próxima cartera permitirá almacenar credenciales personales en un único documento de identidad digital. Pretende, en suma, ser una herramienta de empoderamiento social de los ciudadanos europeos.

*Moisés Barrio es letrado del Consejo de Estado y profesor de Derecho digital.

Los ciudadanos de la Unión Europea tendrán la opción de una cartera de identidad digital proporcionada de forma gratuita a nivel de los Estados miembros para uso en toda la UE, en lugar de simplemente productos suministrados por el sector privado, según una enmienda aprobada hace unas semanas en el marco de la tramitación de la Propuesta de Reglamento europeo por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 910/2014 en lo que respecta al establecimiento de un Marco para una Identidad Digital Europea, habitualmente conocido como eIDAS 2 (acrónimo de la expresión inglesa Electronic Identification, Authentication and Trust Services).

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