He descubierto que mi casa se construyó sin licencia municipal: ¿qué puedo hacer?

¿Hay caducidad para reclamar o denunciar al ayuntamiento por autorizar la construcción de las obras sin licencia municipal? Y, si no consta concedida la licencia, ¿hay caducidad para denunciarlo?

Foto: Promoción de viviendas en construcción. (EC)
Promoción de viviendas en construcción. (EC)
Autor
Tiempo de lectura3 min

Hace once años compré mi vivienda y ahora he descubierto que las obras fueron ejecutadas sin constar licencia de obras municipal que de forma legal las autorizase. ¿Hay caducidad para reclamar o denunciar al ayuntamiento por autorizar la construcción de las obras sin licencia municipal? Y, si no consta concedida la licencia municipal, ¿hay caducidad para denunciar los hechos?

En primer lugar, si no consta licencia municipal, ni suponemos autorización autonómica, el Ayuntamiento nunca autorizó la realización de las obras, por lo que nada se le va a poder reclamar, más bien al contrario. Será el Ayuntamiento el que en este caso podrá iniciar un procedimiento para la restauración de la legalidad, que puede consistir incluso en la demolición de las obras cuando sea imposible su legalización, y, en su caso, se podrá sancionar a los promotores y/o constructores de la obra realizada sin las preceptivas autorizaciones.

En principio, las infracciones y sanciones prescriben a los cuatro años, dependiendo del tipo de suelo en el que se haya realizado la construcción, por lo que la sanción estaría prescrita, que habrá que diferenciar del plazo de caducidad de la potestad de restauración de la realidad física alterada por obras ilegales que tendrá la Administración. En este caso, habrá que valorar la posibilidad de iniciar los trámites para legalizar la vivienda que fue construida sin licencia.

Un árbol molesto de un vecino

Mi vecino de abajo tiene un árbol plantado en su patio y sus ramas llegan hasta mi tejado. ¿Puedo pedirle que las corte puesto que están en mi propiedad y pueden dañar mi tejado?, ¿podría hacer que quitara todo el árbol si está a menos de 2 metros de mi pared-tejado?

Nos hallamos ante un supuesto de colisión de derechos en el marco de unas relaciones de vecindad, en el que habrá que fijar el límite entre las inmisiones de obligada tolerancia y las inadmisibles en Derecho, debiendo tener en cuenta que la colindancia de las fincas impone unas reglas no escritas de buena vecindad.

Por su parte, el Código Civil, efectivamente, establece que no se podrá plantar árboles cerca de una heredad o propiedad ajena sino a la distancia autorizada por las ordenanzas o la costumbre del lugar, y en su defecto, a la de dos metros de la línea divisoria de las propiedades si la plantación se hace de árboles altos, teniendo derecho todo propietario a pedir que se arranquen los árboles que se planten a menor distancia.

Por otro lado, también se establece que si las ramas de algunos árboles se extendieren sobre una propiedad, jardines o patios vecinos, tendrá el dueño de estos derechos a reclamar que se corten en cuanto se extiendan sobre ella.

Estos preceptos se encuadran entre las servidumbres legales de distancias, si bien doctrinalmente se califica como una limitación del derecho de propiedad derivada de las relaciones de vecindad entre fundos, guiado por el principio de que la propiedad no puede llegar más allá de lo que el respeto al vecino determina.

Tal consideración supone la exclusión de actuaciones anormales y abusivas por parte del colindante, que se manifiestan en inmisiones bajo tierra por las raíces que aprovechan el terreno ajeno, o sobre ella, por las ramas que privan o restringen el aire o la luz por la proyección de sombra hacia el predio vecino.

Dicho lo anterior, siempre y cuando no exista normativa administrativa o estatutaria de la urbanización que establezca otra distancia, podrá pedirse que se quite el árbol siempre que se haya plantado a menos de dos metros de su propiedad, y, en cualquier caso, se podrá pedir que se corten las ramas que se extiendan sobre su propiedad.

Juan Arias, socio de JSJ Abogados y Administración de Fincas para idealista.com/news

Si tiene alguna duda sobre la consulta resuelta y quiere más información, puede escribir un correo electrónico a: redaccion@idealista.com.

Puede enviar sus dudas al consultorio en este enlace.

Asesor sobre Vivienda

El Confidencial pone a su servicio este consultorio jurídico inmobiliario. Un espacio que está destinado a resolver semanalmente las dudas legales de los ciudadanos sobre temas relacionadas con el sector inmobiliario: alquileres, compraventa, hipotecas, ejecuciones hipotecarias, etc.

En caso de divorcio ¿quién debe hacerse cargo del pago de la hipoteca? o, ¿puedo pagar una parte de la cuota mensual de la hipoteca sin miedo a que me embarguen la casa?

ENVÍE SU CONSULTA


  • Responsable: Lean Abogados
  • Finalidad: Responder a tus preguntas y enviarte comunicaciones comerciales sobre sus productos y/o servicios.
  • Legitimación: Tu consentimiento expreso.
  • Destinatarios: Prestadores de servicios tecnológicos, como encargados del tratamiento, que seguirán siempre nuestras instrucciones.
  • Derechos: Acceder, rectificar y suprimir los datos, entre otros.
  • Información adicional: Política de privacidad de Lean Abogados

Condiciones de uso de Consultorio sobre Ruedas

En cumplimiento con la normativa de protección de datos de carácter personal -LO 15/1999 y RD 1720/2007- los datos de carácter personal remitidos a través del formulario será tratados en el fichero denominado “USUARIOS WEB DE TITIANIA” notificado ante la Agencia Española de Protección de Datos con nº de registro 2060040405, titularidad de TITANIA COMPAÑÍA EDITORIAL, S.L. sito en la calle Virgilio, 25 – 1 A/D con código postal 28223 Pozuelo de Alarcón -Madrid- para la finalidad exclusiva de gestionar las consultas que nos efectúen a través de la sección MOTOR. En todo momento, puede ejercitar los derechos que se le reconocen -acceso, rectificación, cancelación y oposición- mediante comunicación al efecto a través del mail: info [@] elconfidencial.com.

De igual forma, al remitirnos su consulta acepta que ésta junto con la información suministrada sea comunicada a la entidad colaboradora para la finalidad descrita, autorizando, en su caso, la publicación de la misma en la sección o Página Web titularidad de la entidad editora.

Le informamos, igualmente, que no todas las consultas podrán ser resueltas por la entidad colaboradora, efectuándose una selección y publicación de las más importantes, en virtud del grado de interés que pudieren suscitar las mismas. En todo caso, las consultas serán resueltas con el máximo rigor y profesionalidad, no siendo vinculantes para las partes, recomendando que para mayores detalles, a la vista de la consulta o de los hechos del caso en concreto, pudieren dirigirse a profesionales del sector para un asesoramiento del mismo.

Para cualquier aclaración puede dirigirnos su consulta a través del correo electrónico dispuesto en la presente sección.

Consultorio Inmobiliario