He heredado un piso al 50% pero está alquilado, ¿puedo echar al inquilino?

Acabo de heredar de mi padre el 50% de un proindiviso de un piso que está alquilado. ¿Puedo desahuciar a los actuales inquilinos para ocupar yo la vivienda?

Foto: He heredado un piso al 50% pero está alquilado, ¿puedo echar al inquilino? (Foto: Istockphoto)
He heredado un piso al 50% pero está alquilado, ¿puedo echar al inquilino? (Foto: Istockphoto)

Acabo de heredar de mi padre, recientemente fallecido, el 50% de un proindiviso de un piso que está alquilado. ¿Puedo desahuciar a los actuales inquilinos para ocupar yo la vivienda, puesto que yo actualmente vivo de alquiler?

Para proceder de la manera que indica, en primer lugar tenemos que tener en cuenta que para la administración y mejor disfrute de la cosa común, es obligatorio el acuerdo de la mayoría de los partícipes. Así queda recogido en el artículo 398 del Código Civil. En el caso que nos ocupa, necesitaría la anuencia del titular del otro 50%, ya que el consentimiento de ambos titulares es requisito imprescindible para poder realizar un acto de administración como el que nos ocupa.

A continuación, hay que estudiar si cabe o no resolver el contrato de arrendamiento, entendiendo que el fin del mismo no se encuentra próximo. Pues bien, la Ley de Arrendamientos Urbanos les faculta para resolver el contrato, siempre y cuando concurran los requisitos que a continuación se exponen:

1.- Que haya transcurrido el primer año del contrato de arrendamiento.
2.- Que con dos meses de antelación a la fecha en que se vaya a necesitar la vivienda, usted comunique al arrendatario que tiene necesidad de la vivienda arrendada para destinarla a vivienda permanente.

En conclusión, para proceder a resolver el contrato, necesita el consentimiento del otro titular del 50 % y, como decimos, que se cumplan los plazos y requisitos procedimentales expuestos.

Donación de un piso

¿Qué impuestos lleva la donación de un piso de los padres a los hijos?

La donación de un bien inmueble es una transmisión gratuita que está gravada por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. La gestión de este impuesto está cedida a las CCAA, por lo que lo primero para determinar el coste sería ver dónde radica la ubicación del inmueble, ya que en función de donde radique este la fiscalidad puede ser diferente.

En muchas CCAA, este impuesto, cuando la donación se realiza entre padres e hijos, está bonificado en gran parte (en algunos casos, hasta el 99%). El porcentaje del impuesto varía en función del valor del inmueble, de tal manera que a mayor valor de este, mayor es el tipo impositivo del impuesto.

Por otro lado, hay que tener en cuenta que este tipo de donaciones se han de realizar mediante escritura pública y realizar la inscripción en el Registro de la Propiedad correspondiente.

Además del Impuesto de Sucesiones, este tipo de transmisiones tiene otro tipo de implicaciones fiscales que corresponden al donante, como son la plusvalía municipal (impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana), y el valor de lo donado tributará en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas del donante como un incremento en la renta, dependiendo de los casos.

*Ignacio de Azúa Villalobos, socio de VAbogados, para idealista.com/news.

Si tiene alguna duda sobre la consulta resuelta y quiere más información, puede escribir un correo electrónico a: redaccion@idealista.com.

Asesor sobre Vivienda

El Confidencial pone a su servicio este consultorio jurídico inmobiliario. Un espacio que está destinado a resolver semanalmente las dudas legales de los ciudadanos sobre temas relacionadas con el sector inmobiliario: alquileres, compraventa, hipotecas, ejecuciones hipotecarias, etc.

En caso de divorcio ¿quién debe hacerse cargo del pago de la hipoteca? o, ¿puedo pagar una parte de la cuota mensual de la hipoteca sin miedo a que me embarguen la casa?

ENVÍE SU CONSULTA


  • Responsable: Lean Abogados
  • Finalidad: Responder a tus preguntas y enviarte comunicaciones comerciales sobre sus productos y/o servicios.
  • Legitimación: Tu consentimiento expreso.
  • Destinatarios: Prestadores de servicios tecnológicos, como encargados del tratamiento, que seguirán siempre nuestras instrucciones.
  • Derechos: Acceder, rectificar y suprimir los datos, entre otros.
  • Información adicional: Política de privacidad de Lean Abogados

Condiciones de uso de Consultorio sobre Ruedas

En cumplimiento con la normativa de protección de datos de carácter personal -LO 15/1999 y RD 1720/2007- los datos de carácter personal remitidos a través del formulario será tratados en el fichero denominado “USUARIOS WEB DE TITIANIA” notificado ante la Agencia Española de Protección de Datos con nº de registro 2060040405, titularidad de TITANIA COMPAÑÍA EDITORIAL, S.L. sito en la calle Virgilio, 25 – 1 A/D con código postal 28223 Pozuelo de Alarcón -Madrid- para la finalidad exclusiva de gestionar las consultas que nos efectúen a través de la sección MOTOR. En todo momento, puede ejercitar los derechos que se le reconocen -acceso, rectificación, cancelación y oposición- mediante comunicación al efecto a través del mail: info [@] elconfidencial.com.

De igual forma, al remitirnos su consulta acepta que ésta junto con la información suministrada sea comunicada a la entidad colaboradora para la finalidad descrita, autorizando, en su caso, la publicación de la misma en la sección o Página Web titularidad de la entidad editora.

Le informamos, igualmente, que no todas las consultas podrán ser resueltas por la entidad colaboradora, efectuándose una selección y publicación de las más importantes, en virtud del grado de interés que pudieren suscitar las mismas. En todo caso, las consultas serán resueltas con el máximo rigor y profesionalidad, no siendo vinculantes para las partes, recomendando que para mayores detalles, a la vista de la consulta o de los hechos del caso en concreto, pudieren dirigirse a profesionales del sector para un asesoramiento del mismo.

Para cualquier aclaración puede dirigirnos su consulta a través del correo electrónico dispuesto en la presente sección.

Consultorio Inmobiliario