¿Es legal que mi casero me pida dos meses de fianza y que pague el recibo de la basura?

¿Es legal que los propietarios de la vivienda que voy a alquilar en breve me pidan dos meses de fianza y que también me hagan abonar a lo largo del año el recibo de basura?

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¿Es legal que los propietarios de la vivienda que voy a alquilar en breve me pidan dos meses de fianza y que también me hagan abonar a lo largo del año el recibo de basura?

En los contratos de arrendamiento, la obligación de prestar fianza viene exigida por imperativo del artículo 36 de la Ley de Arrendamiento Urbanos (LAU). El apartado primero de dicho precepto puntualiza que tal obligación consiste en entregar al arrendador, en metálico, una cantidad equivalente a una mensualidad para el caso de arrendamiento de vivienda.

Por su parte, el arrendador tiene el deber de entregar esa cantidad en el organismo competente para su custodia de la comunidad autónoma donde se encuentre situado el inmueble.

Lo anterior solo supone un mínimo en lo que se refiere a la cantidad que se ha depositar en el organismo correspondiente, pero no un máximo legal, en consecuencia, el arrendador está obligado a pedir una mensualidad en concepto de fianza pero tendrá la opción de exigir dos mensualidades como ocurre en el supuesto que ahora nos ocupa.

En relación con el pago de la tasa de residuos urbanos (TRU), más conocida como tasa de basuras, hay que acudir a la ordenanza municipal reguladora de esta tasa en cada municipio para conocer su régimen jurídico.

Para el caso de la Comunidad de Madrid, por Acuerdo de 19 de diciembre de 2014 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 310 de 30 de diciembre de 2014, se aprobó la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por servicios y actividades relacionados con el medio ambiente en el que se contemplaba la supresión de la tasa por prestación del servicio de gestión de residuos urbanos a partir del 1 de enero de 2015.

En consecuencia, sí es lícito y legal que su arrendador le exija dos meses de fianza y, por otro lado, deberá acudir a la regulación local para comprobar a quién le corresponde el pago de la tasa de basuras.

* Gabriela López Moreno y Antonio Morell de Meer, abogados de Lean Abogados.

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