Comprar casa sin estar casado y con un hijo, ¿qué debo tener en cuenta?
Mi pareja y yo queremos comprar una casa, pero no estamos casados ni somos pareja de hecho y tenemos una hija común. ¿Qué debemos hacer para evitar problemas en el futuro?
Mi pareja y yo queremos comprar una vivienda, pero no estamos casados ni somos pareja de hecho, aunque tenemos una hija común. Él está trabajando y yo con la niña en la casa. Queremos que en la escritura figuremos los dos. ¿Qué deberíamos hacer para evitar problemas en el futuro?
Al comprar una vivienda en pareja, debemos tener en cuenta varias circunstancias. Por un lado, es importante concretar el porcentaje que corresponde a cada uno, es decir, en el momento de la firma de la compraventa, el notario adjudicará el 50% del bien adquirido a cada propietario; a excepción de los casos en que se le advierta de que una de las partes vaya a pagar una cantidad superior a la otra.
En estos casos, por tanto, se deberá dejar constancia de la participación de cada uno, puesto que una parte ha pagado una cantidad mayor y, por tanto, va a satisfacer una parte mayor de la cuota de la hipoteca. Esta última constituye otra de las cuestiones fundamentales en esta materia cuando se pide financiación para comprar la vivienda puesto que, en todo caso, ambas partes pagarán la hipoteca, aunque dispongan de cuotas diferentes de la vivienda.
Es más, el hecho de que una de las partes de la pareja tenga una cuota menor no supone que también la tenga en la hipoteca. Sea cual sea su participación, será responsable de devolver la totalidad del capital prestado.
Para evitar futuros problemas en caso de ruptura, por ejemplo, uno de los dos puede abonar su parte al otro. La opción más común es que previamente se pacte un precio y que uno de ellos se lo abone al otro a cambio de quedarse con la casa.
En caso de que no sea posible el acuerdo en el precio, se recurrirá a la tasación e, incluso, a vender mediante subasta. Otra complicación puede surgir al tener un hijo en común puesto que el miembro que tenga la custodia, que generalmente es la madre, puede residir en el inmueble hasta que el menor cumpla los 18 años, independientemente de la propiedad del mismo.
Distinta opción sería que ninguno de los dos miembros de la pareja quisiese quedarse con la casa o bien no puedan por su situación económica. Lo habitual es que, entonces, la casa se ponga a la venta y se cancele la hipoteca con lo que se obtenga. Si una vez pagada la deuda sobra dinero, se deberá repartir en función del porcentaje de cada uno.
Por otro lado, si, efectivamente, la vivienda es de los dos y si alguno de los dos fallece, su 50% corresponderá a sus herederos. Su hija recibiría en herencia, por tanto, la parte de la casa que le corresponda al progenitor que ha fallecido. La opción más adecuada en caso de querer dejar todo atado es hacer un testamento donde se recojan las circunstancias y se acuerde qué será más adecuado en caso de problemas futuros.
* Sara Benayas Bolívar y Fernando de Mateo Álvarez, abogados de Lean Abogados.
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