Vivo de alquiler en un piso donde ya no viven los inquilinos originales, ¿pueden echarme?

Vivo de alquiler en un piso en el que los miembros originales del contrato ya no están y mi compañera de piso. ¿Debemos hacer un contrato nuevo?

Foto: Vivo de alquiler en un piso donde ya no viven los inquilinos originales, ¿pueden echarme? (iStockphoto)
Vivo de alquiler en un piso donde ya no viven los inquilinos originales, ¿pueden echarme? (iStockphoto)

Vivo de alquiler en un piso en el que los miembros originales del contrato ya no están y mi compañera de piso y yo estamos como anexo, aunque llevamos haciéndonos cargo del piso varios meses. ¿Debemos hacer un contrato nuevo?, ¿pueden subirnos el alquiler o echarnos del mismo?

Entendiendo que los miembros originales y las personas que continúan en el piso figuran como arrendatarios en el contrato de arrendamiento, lo primero que debe advertirse es que todos siguen obligados por el contrato frente al arrendador.

En caso de abandono del inmueble por uno de los arrendatarios, cualquiera que sea el motivo, estaríamos ante una modificación subjetiva del contrato que requiere el consentimiento del arrendador, pues, de lo contrario, se podría resolver el contrato por la cesión no consentida.

Si uno o varios de los arrendatarios abandonó el piso, es recomendable comunicar la situación y modificar el contrato, a través de un anexo que recoja las variaciones surgidas en la titularidad del contrato de arrendamiento.

De acuerdo al artículo 8 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), el contrato no se podrá ceder por el arrendatario sin el consentimiento escrito del arrendador. En caso de cesión, el cesionario se subrogará en la posición del cedente frente al arrendador. Si el arrendador no estuviese conforme con la cesión, podría instar la terminación del contrato o la necesidad de celebración de un nuevo contrato, que podría conllevar el incremento del precio del alquiler.

*Marta Romero Orozco, abogada de Lean Abogados.

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