Mi madre es viuda y quiere alquilar una habitación, ¿debe hacer la declaración?

Mi madre es viuda, cobra la pensión de viudedad y no hace declaración de la renta. Está pensando alquilar una habitación para tener unos ingresos extra. ¿Tendrá que declararlo?

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Mi madre es viuda y quiere alquilar una habitación, ¿debe hacer la declaración?

Mi madre es viuda, cobra la pensión de viudedad y no hace declaración de la renta. Está pensando alquilar una habitación para tener unos ingresos extra. ¿Tendrá que hacer la declaración?

Por un lado, la pensión de viudedad tributa por el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) y se considera como un rendimiento del trabajo. Solo estará exenta cuando la pensión tenga su origen en un acto de terrorismo.

Por otro lado, se deberá declarar todo ingreso o renta que se perciba; por tanto, la ganancia que se obtenga por el alquiler de una habitación se declarará como rendimiento de capital inmobiliario en el IRPF.

Así se recoge en el artículo 22 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los impuestos sobre sociedades, sobre la renta de no residentes y sobre el patrimonio (LIRPF).

Si percibe exclusivamente una prestación por viudedad sujeta a retención de IRPF por un importe inferior a 22.000 euros, no tendrá obligación de presentar la declaración. Sin embargo, si, adicionalmente, percibe rendimientos del capital mobiliario o ganancias patrimoniales sujetos a retención por un importe conjunto superior a los 1.600 euros, tendrá obligación de presentar declaración, aunque se cumpla la regla anterior.

Y, además, si percibe rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos de letras del Tesoro o subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado que en conjunto sumen un importe superior a los 1.000 euros, generará la obligación de presentar la declaración de la renta.

*Beatriz Setién Fernández, abogada de Lean Abogados.

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