¿Cómo me puede afectar en el IPRF la venta de una casa por debajo del valor catastral?

¿Qué repercusión puedo tener en la declaración de la renta si vendo una vivienda por debajo del valor catastral?

Foto: ¿Cómo me puede afectar en el IPRF la venta de una casa por debajo del valor catastral? (Foto: iStock)
¿Cómo me puede afectar en el IPRF la venta de una casa por debajo del valor catastral? (Foto: iStock)

¿Qué repercusión puedo tener en el IRPF si vendo una vivienda por debajo del valor catastral?

La base de la teoría general de los contratos en nuestro derecho es el principio de la autonomía de la voluntad. El principio de libertad contractual o autonomía de la voluntad implica el reconocimiento de un poder de autorregular los propios objetivos e intereses que las partes desean, por lo tanto, el precio de una vivienda puede ser fijado libremente por el propietario de la misma.

En definitiva, siempre que comprador y vendedor lleguen a un acuerdo, el precio de venta podrá fijarse incluso por debajo del valor catastral, no obstante, lo anterior puede tener ciertas consecuencias fiscales negativas que afectan a la parte vendedora.

El dinero de la venta de la casa forma parte de las ganancias y pérdidas patrimoniales, y como tal tributa en el IRPF a un tipo progresivo que va desde el 19% hasta el 23% según la ganancia.

La parte vendedora debe declarar en su IRPF, y en forma de plusvalía, el valor más elevado que haya sido comprobado por parte de Hacienda. Para esta parte, la ganancia o pérdida patrimonial derivada de la transmisión de un inmueble tributará por diferencia entre transmisión y adquisición.

En el supuesto que nos atañe, la Administración tributaria iniciaría un procedimiento de comprobación de valores, contemplado en la Ley General Tributaria, mediante el cual presenta una liquidación paralela donde se establece lo que se debe abonar por la diferencia entre el valor declarado en la venta y el valor dado al inmueble por la Administración o valor catastral (que se fijará según el criterio de valoración elegido por la Administración de entre los que la ley le permite y que normalmente será superior al valor catastral).

En conclusión, debe saber que, si tributa por una cantidad inferior a la estipulada en el valor catastral, ha de acreditar efectivamente las causas que así lo justifican, puesto que, de lo contrario, Hacienda va a reclamarle la parte dejada de percibir por la tributación de la venta y ello puede derivar en unas consecuencias fiscales negativas para su patrimonio.

*Pablo Alesón Andrés, abogado de Lean Abogados.

Asesor sobre Vivienda

El Confidencial pone a su servicio este consultorio jurídico inmobiliario. Un espacio que está destinado a resolver semanalmente las dudas legales de los ciudadanos sobre temas relacionadas con el sector inmobiliario: alquileres, compraventa, hipotecas, ejecuciones hipotecarias, etc.

En caso de divorcio ¿quién debe hacerse cargo del pago de la hipoteca? o, ¿puedo pagar una parte de la cuota mensual de la hipoteca sin miedo a que me embarguen la casa?

ENVÍE SU CONSULTA


  • Responsable: Lean Abogados
  • Finalidad: Responder a tus preguntas y enviarte comunicaciones comerciales sobre sus productos y/o servicios.
  • Legitimación: Tu consentimiento expreso.
  • Destinatarios: Prestadores de servicios tecnológicos, como encargados del tratamiento, que seguirán siempre nuestras instrucciones.
  • Derechos: Acceder, rectificar y suprimir los datos, entre otros.
  • Información adicional: Política de privacidad de Lean Abogados

Condiciones de uso de Consultorio sobre Ruedas

En cumplimiento con la normativa de protección de datos de carácter personal -LO 15/1999 y RD 1720/2007- los datos de carácter personal remitidos a través del formulario será tratados en el fichero denominado “USUARIOS WEB DE TITIANIA” notificado ante la Agencia Española de Protección de Datos con nº de registro 2060040405, titularidad de TITANIA COMPAÑÍA EDITORIAL, S.L. sito en la calle Virgilio, 25 – 1 A/D con código postal 28223 Pozuelo de Alarcón -Madrid- para la finalidad exclusiva de gestionar las consultas que nos efectúen a través de la sección MOTOR. En todo momento, puede ejercitar los derechos que se le reconocen -acceso, rectificación, cancelación y oposición- mediante comunicación al efecto a través del mail: info [@] elconfidencial.com.

De igual forma, al remitirnos su consulta acepta que ésta junto con la información suministrada sea comunicada a la entidad colaboradora para la finalidad descrita, autorizando, en su caso, la publicación de la misma en la sección o Página Web titularidad de la entidad editora.

Le informamos, igualmente, que no todas las consultas podrán ser resueltas por la entidad colaboradora, efectuándose una selección y publicación de las más importantes, en virtud del grado de interés que pudieren suscitar las mismas. En todo caso, las consultas serán resueltas con el máximo rigor y profesionalidad, no siendo vinculantes para las partes, recomendando que para mayores detalles, a la vista de la consulta o de los hechos del caso en concreto, pudieren dirigirse a profesionales del sector para un asesoramiento del mismo.

Para cualquier aclaración puede dirigirnos su consulta a través del correo electrónico dispuesto en la presente sección.

Consultorio Inmobiliario