¿Es legal comprar una vivienda en suelo rústico?
Quiero comprar una vivienda construida sobre suelo rústico en Fuente el Saz del Jarama. Querría saber si la construcción es legal y si podría tener algún problema en el futuro
Quiero comprar una vivienda construida sobre suelo rústico en Fuente el Saz del Jarama. Querría saber si la construcción es legal y si podría tener algún problema en el futuro, como por ejemplo una expropiación. Además, querría saber las limitaciones de este tipo de propiedades.
El suelo rústico o rural es aquel localizado dentro de un espacio rural que viene determinado por las características naturales del mismo. Como regla general, siempre se ha asociado el suelo rústico con la imposibilidad de construir sobre el mismo; es más, durante años ha sido denominado también suelo no urbanizable.
Lo anterior ya nos indica que, para el caso de que sea posible construir sobre suelo rústico, existirán limitaciones para ello derivadas del fuerte control legislativo impuesto sobre la edificabilidad en este tipo de terrenos.
De esta forma, las restricciones existentes para construir en este tipo de suelo vienen relacionadas con las actividades de producción ganadera como puede ser la agricultura o la floricultura; es decir, la imposibilidad de realizar determinadas edificaciones en suelo rústico obedece a la protección de estas industrias. Las competencias urbanísticas están cedidas a las comunidades autónomas, por lo que, teniendo en cuenta que Fuente el Saz del Jarama se encuentra en la Comunidad de Madrid, deberemos acudir a la legislación de la misma.
Así, acudiendo a la normativa autonómica que ahora interesa, parece que podríamos encontrarnos ante suelo no urbanizable de protección sobre el que, en principio, no podría edificarse una vivienda. Sin embargo, para poder darle una respuesta concreta y adecuada a su situación, necesitaríamos contar con más información, tal como saber si la vivienda tiene o no escritura, si está o no inscrita en el registro de la propiedad, qué información catastral existe sobre la misma o el planeamiento general del municipio en el que está situada.
Todo lo anterior es la documentación necesaria a efectos de acreditar la legalidad de la construcción o, en caso contrario, comprobar si las potenciales acciones contra la falta de legalidad de la edificación han o no prescrito. Por ello, nuestra recomendación es que, una vez recabada toda la información mencionada, acuda a un experto que la analice y pueda confirmar la legalidad o no de la construcción y los potenciales riesgos que su compra entraña.
*Gema Luna Extremera, abogada de Lean Abogados.
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