¿Qué tipo de restricciones va a haber este año en las piscinas de las urbanizaciones?

¿Qué tipo de restricciones va a haber este año en las piscinas de las urbanizaciones debido al coronavirus?

Foto: Mi casero quiere vender el piso en el que vivo, ¿tengo derecho a comprarlo? (iStock)
Mi casero quiere vender el piso en el que vivo, ¿tengo derecho a comprarlo? (iStock)

¿Qué tipo de restricciones va a haber este año en las piscinas de las urbanizaciones debido al coronavirus?

Las piscinas de las urbanizaciones pueden abrir con la llegada de la nueva normalidad, sin embargo, para ello tendrán que cumplir con una serie de condiciones higiénico-sanitarias para prevenir la transmisión del coronavirus y además tendrán limitado el aforo hasta nueva orden.

La capacidad será determinada por cada comunidad autónoma. Por ejemplo, en Murcia y en la Comunidad Valenciana el aforo está limitado al 75% en las instalaciones y en el vaso de la piscina, mientras que en la Comunidad de Madrid es del 60%, y en el País Vasco o en Cataluña es del 50%.

Sin embargo, todas las comunidades autónomas tienen en común una serie de condiciones higiénicas y sanitarias. En todas las piscinas comunitarias se deberá guardar al menos la distancia de seguridad de 1,5 metros tanto en el agua como en la zona recreativa y se deberá proceder a la limpieza y desinfección de la instalación de dos veces al día.

Lo que no determinan las autonomías cómo se produce al conteo de personas que utilizan la piscina. Durante la desescalada se habló de la obligatoriedad de contar con un trabajador encargado del control de acceso, pero ahora en la nueva normalidad no se menciona esta situación, por lo que está por ver qué medidas tomas las comunidades de propietarios para controlar el acceso.

Por ejemplo, en la Comunidad de Madrid la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid ha publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid la ORDEN 572/2021, de 7 de mayo, que incluye las normas y restricciones que tendrán que cumplir este verano las 12.000 piscinas de uso recreativo existentes en las comunidades de propietarios y urbanizaciones madrileñas para seguir luchando contra la pandemia del coronavirus.

Entre otras medidas recogidas en el documento oficial encontramos que las piscinas al aire libre o cubiertas, para uso recreativo, deberán respetar el límite del 60% de su capacidad de aforo, tanto en lo relativo al acceso como durante la estancia.

Además, de modo general, para el cálculo del aforo máximo de acceso y permanencia en cada momento en las instalaciones, se podrá utilizar la consideración de que cada usuario debe disponer de 3 metros cuadrados de superficie en la zona de playa o recreo, es decir, 3 metros cuadrados de la superficie de la zona contigua al vaso y a su andén o paseo, y que se destina al esparcimiento y estancia de los usuarios.

Sin embargo, cabe destacar que no todas las comunidades de vecinos podrán abrir sus piscinas. Son muchas las urbanizaciones que están estudiando qué hacer en cuanto a la apertura de sus piscinas, esto se debe principalmente al alto coste que ello acarrearía.

*Sara Espada y Ángel Romero, abogados de Lean Abogados.

Asesor sobre Vivienda

El Confidencial pone a su servicio este consultorio jurídico inmobiliario. Un espacio que está destinado a resolver semanalmente las dudas legales de los ciudadanos sobre temas relacionadas con el sector inmobiliario: alquileres, compraventa, hipotecas, ejecuciones hipotecarias, etc.

En caso de divorcio ¿quién debe hacerse cargo del pago de la hipoteca? o, ¿puedo pagar una parte de la cuota mensual de la hipoteca sin miedo a que me embarguen la casa?

ENVÍE SU CONSULTA


  • Responsable: Lean Abogados
  • Finalidad: Responder a tus preguntas y enviarte comunicaciones comerciales sobre sus productos y/o servicios.
  • Legitimación: Tu consentimiento expreso.
  • Destinatarios: Prestadores de servicios tecnológicos, como encargados del tratamiento, que seguirán siempre nuestras instrucciones.
  • Derechos: Acceder, rectificar y suprimir los datos, entre otros.
  • Información adicional: Política de privacidad de Lean Abogados

Condiciones de uso de Consultorio sobre Ruedas

En cumplimiento con la normativa de protección de datos de carácter personal -LO 15/1999 y RD 1720/2007- los datos de carácter personal remitidos a través del formulario será tratados en el fichero denominado “USUARIOS WEB DE TITIANIA” notificado ante la Agencia Española de Protección de Datos con nº de registro 2060040405, titularidad de TITANIA COMPAÑÍA EDITORIAL, S.L. sito en la calle Virgilio, 25 – 1 A/D con código postal 28223 Pozuelo de Alarcón -Madrid- para la finalidad exclusiva de gestionar las consultas que nos efectúen a través de la sección MOTOR. En todo momento, puede ejercitar los derechos que se le reconocen -acceso, rectificación, cancelación y oposición- mediante comunicación al efecto a través del mail: info [@] elconfidencial.com.

De igual forma, al remitirnos su consulta acepta que ésta junto con la información suministrada sea comunicada a la entidad colaboradora para la finalidad descrita, autorizando, en su caso, la publicación de la misma en la sección o Página Web titularidad de la entidad editora.

Le informamos, igualmente, que no todas las consultas podrán ser resueltas por la entidad colaboradora, efectuándose una selección y publicación de las más importantes, en virtud del grado de interés que pudieren suscitar las mismas. En todo caso, las consultas serán resueltas con el máximo rigor y profesionalidad, no siendo vinculantes para las partes, recomendando que para mayores detalles, a la vista de la consulta o de los hechos del caso en concreto, pudieren dirigirse a profesionales del sector para un asesoramiento del mismo.

Para cualquier aclaración puede dirigirnos su consulta a través del correo electrónico dispuesto en la presente sección.

Consultorio Inmobiliario