Mi hermana vive con mi madre y siempre ha pagado los gastos de la casa, ¿le pertenece?

El marido de mi hermana dice que, por haber pagado los impuestos y gastos de la casa mientras vivían allí, esa casa les pertenece, ¿es cierto?

Foto: Mi hermana vive con mi madre y siempre ha pagado los gastos de la casa, ¿le pertenece? (iStock)
Mi hermana vive con mi madre y siempre ha pagado los gastos de la casa, ¿le pertenece? (iStock)

Mi madre vive en su casa. Somos ocho hermanos y mi padre ya falleció. Una de mis hermanas vive con su familia en la casa de mi madre desde hace más de 35 años. El marido de mi hermana dice que, por haber pagado los impuestos y gastos de la casa mientras vivían allí, esa casa les pertenece, ¿es cierto?

Antes de resolver el fondo de la cuestión, realizaremos una pequeña explicación de la situación para que nuestros lectores puedan comprenderlo más fácilmente. Pongámonos en el escenario más habitual que, seguramente, sea el que nos describe: sus padres estarían casados en gananciales y compraron una casa.

Al fallecer su padre, se debía liquidar la sociedad de gananciales existente, por lo que su madre sería titular del 50% de la propiedad y su padre del otro 50% que es el que ha sido repartido a partes iguales entre ustedes, sus ocho hijos.

Además, es muy probable que el testamento recogiera la llamada cautela socini, mediante la cual otorgó el usufructo vitalicio de la vivienda a su mujer, es decir, su madre.

Por ello, su madre, además de ser titular en pleno dominio del 50% de la vivienda, también tiene el usufructo de la misma. En consecuencia, ustedes solo son propietarios de la nuda propiedad, es decir, no tienen el derecho a disfrutar de la vivienda.

Por todo ello, ni usted ni ninguno de sus hermanos están legitimados a vivir en piso de su madre por ser “dueños” de la misma. Es decir, si su hermana y su familia viven en la casa con su madre es porque tienen su consentimiento.

En este sentido, tiene que quedar claro que, cuando los herederos aceptaron la herencia, adquirieron el 50% de la nuda propiedad de la misma, el cual hubo que dividirlo entre el número de herederos aceptantes.

En este caso, suponiendo que los ocho hermanos aceptaran la herencia, cada uno de ellos será titular de un 6,25% en proindiviso de la nuda propiedad de la vivienda. En este caso, por tanto, lo que se ha formado es una comunidad de bienes o condominio, regulado en el artículo 392 del Código Civil.

Respecto al pago de los gastos e impuestos, la persona que vive en la casa debe afrontar el pago de los gastos de suministros (electricidad, gas, agua, teléfono, internet...), gastos de reparación ocasionados por el desgaste debido al uso y las cuotas periódicas de la comunidad de propietarios.

Por otro lado, encontramos otros gastos que deben afrontar los propietarios, tales como la cuota de la hipoteca, el IBI, seguro de hogar, etc. En su caso, estos gastos deberán dividirlos.

El 50% deberá pagarlo su madre como propietaria y el resto a partes iguales entre los hermanos. Sin embargo, nada impide que se alcance algún acuerdo para que el pago de los mismos se realice de otra forma.

En cualquier caso, independientemente de que su hermana haya pagado los impuestos de esa casa, esta circunstancia no la legitima para vivir en ella sin consentimiento de su madre, ya que, como le decimos, la vivienda es muy posible que esté gravada con un usufructo que pertenezca a su madre.

*Sofía Sánchez Fernández y Sonsoles Martínez González, abogadas de Lean Abogados.

Asesor sobre Vivienda

El Confidencial pone a su servicio este consultorio jurídico inmobiliario. Un espacio que está destinado a resolver semanalmente las dudas legales de los ciudadanos sobre temas relacionadas con el sector inmobiliario: alquileres, compraventa, hipotecas, ejecuciones hipotecarias, etc.

En caso de divorcio ¿quién debe hacerse cargo del pago de la hipoteca? o, ¿puedo pagar una parte de la cuota mensual de la hipoteca sin miedo a que me embarguen la casa?

ENVÍE SU CONSULTA


  • Responsable: Lean Abogados
  • Finalidad: Responder a tus preguntas y enviarte comunicaciones comerciales sobre sus productos y/o servicios.
  • Legitimación: Tu consentimiento expreso.
  • Destinatarios: Prestadores de servicios tecnológicos, como encargados del tratamiento, que seguirán siempre nuestras instrucciones.
  • Derechos: Acceder, rectificar y suprimir los datos, entre otros.
  • Información adicional: Política de privacidad de Lean Abogados

Condiciones de uso de Consultorio sobre Ruedas

En cumplimiento con la normativa de protección de datos de carácter personal -LO 15/1999 y RD 1720/2007- los datos de carácter personal remitidos a través del formulario será tratados en el fichero denominado “USUARIOS WEB DE TITIANIA” notificado ante la Agencia Española de Protección de Datos con nº de registro 2060040405, titularidad de TITANIA COMPAÑÍA EDITORIAL, S.L. sito en la calle Virgilio, 25 – 1 A/D con código postal 28223 Pozuelo de Alarcón -Madrid- para la finalidad exclusiva de gestionar las consultas que nos efectúen a través de la sección MOTOR. En todo momento, puede ejercitar los derechos que se le reconocen -acceso, rectificación, cancelación y oposición- mediante comunicación al efecto a través del mail: info [@] elconfidencial.com.

De igual forma, al remitirnos su consulta acepta que ésta junto con la información suministrada sea comunicada a la entidad colaboradora para la finalidad descrita, autorizando, en su caso, la publicación de la misma en la sección o Página Web titularidad de la entidad editora.

Le informamos, igualmente, que no todas las consultas podrán ser resueltas por la entidad colaboradora, efectuándose una selección y publicación de las más importantes, en virtud del grado de interés que pudieren suscitar las mismas. En todo caso, las consultas serán resueltas con el máximo rigor y profesionalidad, no siendo vinculantes para las partes, recomendando que para mayores detalles, a la vista de la consulta o de los hechos del caso en concreto, pudieren dirigirse a profesionales del sector para un asesoramiento del mismo.

Para cualquier aclaración puede dirigirnos su consulta a través del correo electrónico dispuesto en la presente sección.

Consultorio Inmobiliario