Quiero compensar la ganancia por la venta de un piso con las pérdidas en un fondo

En diciembre de 2021 gané 47.000 euros por venta de un inmueble. ¿Puedo compensar esas ganancias patrimoniales con pérdidas por la venta de fondos de inversión en 2022?

Foto: Quiero compensar la ganancia por la venta de un piso con las pérdidas en un fondo. (iStock)
Quiero compensar la ganancia por la venta de un piso con las pérdidas en un fondo. (iStock)

En diciembre de 2021 tuve unas ganancias patrimoniales de 47.000 euros por venta de un inmueble. ¿Puedo compensar esas ganancias patrimoniales con pérdidas por la venta de fondos de inversión en 2022?

La sección 4.ª, Capítulo II del Título I de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del impuesto sobre la renta de las personas físicas y de modificación parcial de las leyes de los impuestos sobre sociedades, sobre la renta de no residentes y sobre el patrimonio (en adelante Ley IRPF), regula las ganancias y pérdidas patrimoniales.

Según el art. 33.1 de la Ley del IRPF son ganancias y pérdidas patrimoniales, las variaciones en el valor del patrimonio del contribuyente que se pongan de manifiesto con ocasión de cualquier alteración en la composición de aquel, salvo que por propia ley se califiquen como rendimientos.

Se pueden distinguir tres clases de ganancias o pérdidas patrimoniales, en función del tipo de operación que las origina: transmisiones onerosas, transmisiones lucrativas o incorporación de bienes o derechos al patrimonio del contribuyente.

Para el caso de haber obtenido ganancias o pérdidas patrimoniales durante el ejercicio, estas se deberán integrar en la base imponible del ahorro y tributarán de acuerdo con la siguiente escala: los primeros 6.000 euros al 19%, entre 6.001 y 50.000 euros al 21%, entre 50.001 y 200.000 al 23% y la diferencia a partir de 200.000 euros al 26%.

No obstante, el contribuyente puede reducirse este coste fiscal si se tuviesen saldos negativos pendientes de compensar procedentes de ejercicios anteriores. La Ley de IRPF admite la compensación en los cuatro ejercicios siguientes al de su generación.

En el presente supuesto se analiza la declaración del IRPF del ejercicio 2021. En ese año usted podría compensar la ganancia patrimonial de 47.000 euros derivada de la venta de un inmueble con las pérdidas procedentes de transmisiones de ejercicios anteriores, pero no se podrán incluir unas pérdidas sufridas en el año 2022.

Las pérdidas que haya sufrido en ejercicios posteriores al ejercicio sobre el que se presenta la declaración podrán suponer una compensación en ejercicios venideros para minorar las futuras ganancias patrimoniales.

*Sofía Sánchez Fernández y Sonsoles Martínez González, abogadas de Lean Abogados.

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